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Documento BOE-B-2009-6628

Anuncio del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino de notificación de la O.M. de 20 de febrero de 2009, del deslinde del término municipal de Es Mercadal, Isla de Menorca (Illes Balears). Ref. DES01/06/07/0006.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 2009, páginas 26227 a 26227 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2009-6628

TEXTO

 Para los interesados que sean desconocidos o de los que se ignore el lugar de notificación, o bien intentada la notificación no se hubiese podido practicar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar la parte dispositiva de la Orden Ministerial especificada:

"I) Aprobar el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos noventa y un mil quinientos dieciocho (91.518) metros de longitud, que comprende todo el término municipal de Es Mercadal, isla de Menorca (Illes Balears) según se define en los planos a escala 1/1000 fechados el 3 de diciembre de 2007, salvo los planos 13, 50, 50a, 51, 51a, 51b, 52, 52a, 52b, 58, 58a, 58b, 58c, 58d, 63, 73, 104, 104a, 113, 130, 131, 137 y 138, que están fechados el 24 de octubre de 2008 y firmados por el Jefe de la Demarcación de Costas en Illes Balears.

II) Ordenar a la Demarcación de Costas de este Departamento en Baleares que inicie las actuaciones conducentes a rectificar las situaciones jurídicas registrales contradictorias con el deslinde aprobado.

III) Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar la correspondiente concesión a aquellos titulares de terrenos que pudieran acreditar su inclusión en alguno de los supuestos contemplados en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 22/1988, de Costas.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa los interesados en el expediente que no sean Administraciones Publicas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes ante la Excma. Sra. Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución."

Madrid, 27 de febrero de 2009.- El Jefe de Área de Dominio Público Marítimo-Terrestre, José Ramón Martínez Cordero.

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