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Documento BOE-B-2009-41314

TARRAGONA

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 30 de noviembre de 2009, páginas 148748 a 148749 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-41314

TEXTO

Edicto.

Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) Tarragona,

El Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona,

Por el presente hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 473/2008-2 de concurso de la mercantil "Marcarines, S.L." (B43344050) se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

"Sentencia.

En Tarragona, 23 de octubre de 2009.

La Magistrada titular del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, ha conocido de las presentes actuaciones de concurso voluntario de la entidad "Marcarines, S.L.", CIF B43344050, que ha actuado representada por la procuradora Sra. doña M.ª Josepa Martínez Bastida y defendida por los letrados don Antonio López Gallego y don Juan José Manzano González.

Fallo:

Apruebo, con los efectos previstos en la Ley, el convenio propuesto por la empresa declarada en concurso voluntario "Marcarines, S.L.", CIF B43344050 que fue aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 17 y 24 de septiembre de 2009.

Acuerdo el cese de los efectos de la declaración de concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor. En consecuencia, se decreta el cese de los Administradores concursales, sin perjuicio de lo previsto en el Capítulo II del Título VI de la Ley Concursal.

Requiérase a los miembros integrantes de la administración concursal a fin de que rindan cuentas de su actuación ante este Juzgado, en el plazo de un mes a partir de la notificación de la presente resolución.

Requiérase al deudor a fin de que con periocidad semestral, a partir de la fecha de esta sentencia, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Ordeno la formación de la Sección 6.ª de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso, en la que será parte la administración concusal.

Notifíquese esta sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado y líbrese mandamiento al Registro Mercantil para su inscripción.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que podrá prepararse por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en,

Tarragona, 23 de octubre de 2009.- El Secretario judicial.

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