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Documento BOE-B-2009-40158

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 23 de noviembre de 2009, páginas 145472 a 145472 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-40158

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial con destino en el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, hago saber: Que en este Juzgado se tramita el Concurso de Acreedores (voluntario, abreviado) número 13/2009-D, de la mercantil "Ava Luna Instalaciones, Sociedad Limitada", en cuyo seno, en fecha 16 de septiembre de 2009, se ha dictado auto cuya Parte Dispositiva es del tenor literal siguiente:

Primero.- Se acuerda poner fin a la fase común.

Segundo.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

Tercero.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

Cuarto.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

Quinto.- Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de 8 días, siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el artículo 148 LC.

Sexto.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Séptimo.- Procédase a la formación de la sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el artículo 167 LC.

Dentro de los 10 días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta respectiva alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Artículo 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el artículo 169 LC.

Alicante, 16 de octubre de 2009.- La Secretaria Judicial.

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