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Documento BOE-B-2009-39313

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 17 de noviembre de 2009, páginas 142857 a 142857 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-39313

TEXTO

Edicto

Don José Antonio Marquinez Beita, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso voluntario nº 1151/2009, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil Tornilleria Catalana, Sociedad Anónima con domicilio en Avenida Gaudí, núm. 17 de Olot, CIF A 17058934 siendo designados como Administrador/es Concursal/es a D. Josep Mª Calders Pidemunt.

Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de 15 días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor. interesado o representante, expresando el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.

El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.

El cumplimiento del Real Decreto 3/2009, de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2ª la publicidad en el BOE será gratuita para el Auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al artículo 23.1 de la LC.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 4 de noviembre de 2009.- Secretario Judicial.

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