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Documento BOE-B-2009-39261

Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil, Subdirección General de Personal Servicio de Retribuciones, sobre la notificación a don José Andrés López Francisco para el reintegro del percibo indebido de haberes.

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 16 de noviembre de 2009, páginas 142789 a 142789 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2009-39261

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme a la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 2000, y no habiendo sido posible notificar a don José Andrés López Francisco (11.078.482-A) el Acuerdo de 8 de julio de 2009, relativo al reintegro de pagos indebidos, y cuyo texto completo es el siguiente:

"Con escrito de este Servicio, número 72.749 de 01-04-2009, se le notificaba el inicio de un procedimiento de reintegro por el percibo indebido de la cantidad de 1.579,89 euros, en concepto de Haberes, en el período comprendido entre el 01-04-2006 al 30-04-2006, abonada en la nómina del mes de abril de 2006, en virtud de la Resolución 28 de marzo de 2006, publicada en el B.O.G.C núm. 9, de fecha 31-03-2006, por la que se publica el cese en su destino con arreglo al artículo 76.2 de la Ley 42/99, en el Destacamento de Tráfico de Zaragoza.

Una vez transcurrido el plazo máximo de 15 días que contempla el Art. 84.2, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, sin que por esa parte se hayan efectuado alegaciones ni presentado documentos que pudieran favorecer su pretensión de defensa, se da por cumplimentado el trámite de Audiencia, y en consecuencia,

Acuerdo declarar que la cantidad de 1.597,89 euros, percibida por Don Pedro Gómez Sánchez (11.078.482-A), en concepto de Haberes, en el período comprendido entre el 01-04-2006 al 30-04-2006, tiene la consideración de "cantidades indebidamente percibidas".

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de ALZADA ante el Director General de Tráfico (Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil), en el plazo de UN MES desde el día siguiente a su notificación, en base a cuanto disponen los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común". Por razones de más agilidad a la Subdirección General de Personal, Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil (Carretera de Andalucía, km. 25,500), aportando las pruebas necesarias para corroborar su recurso de alzada.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos oportunos.

Valdemoro, 27 de octubre de 2009.- Coronel Jefe del Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil. D. Fausto Gallego González.

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