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Documento BOE-B-2009-39062

Resolución de 14 de octubre, de los Servicios Territoriales del Departamento de Economía y Finanzas, de autorización administrativa, declaración de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de una instalación eléctrica (exp. 00035795/2008; ref. A-10847-RLT).

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 13 de noviembre de 2009, páginas 142498 a 142502 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2009-39062

TEXTO

La empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L., con domicilio social en la avenida Paral·lel, 51, de Barcelona, ha solicitado ante el Departamento de Economía y Finanzas la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de la nueva línea aérea-subterránea 25 kV al nuevo centro de transformación número 61.604 "Carrer Raval", en los términos municipales de Montgai y Preixens (La Noguera).

De acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, de regulación del sector eléctrico, modificada por la Ley 17/2007, de 4 de julio; con el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento administrativo de autorización de las instalaciones de energía eléctrica; con el Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, así como con los reglamentos técnicos específicos, la solicitud mencionada ha sido sometida a un período de información pública mediante el Anuncio publicado en el DOGC núm. 5274, de 9.12.2008, en el BOE núm. 303, de 17.12.2008, y en los periódicos Segre y La Mañana, ambos de 5 de diciembre de 2008.

Paralelamente al trámite de información pública, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se ha comunicado a los ayuntamientos de los términos municipales donde radiquen los bienes o derechos afectados por la instalación, para su exposición al público por un período de 20 días, para que puedan comprobar la existencia de errores en la relación de afectados reflejada en el Anuncio de información pública, así como formular las alegaciones que sean procedentes de acuerdo con lo que disponen los artículos 145 y 147 del mencionado Real Decreto.

Considerando que la empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L., no pudo llegar a un acuerdo con todos los propietarios afectados por esta instalación eléctrica, se notificó individualmente a los señores Francesc Xandre Amigó, M. Carme Trepat Lluelles (heredera del senyor Miquel Trepat Lluelles), Joan Fi tó Castella, Amadeu Vidal Durany y Benita Tugues pages, Júlia Estany Terre y Antoni Marsa Paris y Ramona Marsa Torrens, para que pudieran formular las alegaciones que fuesen procedentes. Dentro del plazo otorgado, la señora Ramona Marsa Torrens presentó alegación, que fue trasladada a Endesa. La compañía eléctrica Endesa. La compañía eléctrica contestó y se envió la respuesta a la señora Marsa. El señor Alberto Xandre Guasch presentó escrito de alegaciones, que se trasladó a Endesa. La compañía contestó que habían variado el trazado y habían llegado a un acuerdo firmado por el señor Alberto Xandre Guasch y la señora Ramona Marsa Torrens. Los señores José Betriu Llosada y Montserrat Betriu Llosada presentaron escrito de alegaciones, que se trasladó a Endesa. La compañía eléctrica contestó y se envió la respuesta a los señores Betriu Llosada.

De acuerdo con lo que prevé el artículo 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se solicitó informe al ayuntamiento de Preixens, ayuntamiento de Montgai, Comunitat General de Regants del Canal d'Urgell y Telefónica de España, SA. La Comunitat de Regants contestó que en fecha 6 de octubre de 2008 ya otorgó la autorización a Endesa, y esta aceptó los condicionantes. Telefónica de España, S.A., presentó un informe con condicionantes, que Endesa aceptó. El ayuntamiento de Preixens remitió un escrito donde manifestaba que no había ningún inconveniente por parte de esta corporación local en la ejecución del proyecto. El ayuntamiento de Montgai remitió informe favorable de la instalación.

Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

1. Autorizar a la empresa Distribución Eléctrica, S.L., la nueva línea aérea-subterránea 25 kV al nuevo centro de transformación número 61.604 "Carrer Raval", en los términos municipales de Montgai y Preixens (La Noguera).

2. Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la ocupación urgente de los bienes y derechos afectados que se sometieron a información pública en el Anuncio publicado en el DOGC núm. 5274, de 9.12.2008, en el BOE núm. 303, de 17.12.2008, Y en los periódicos Segre y La Mañana, ambos de 5 de diciembre de 2008.

3. Aprobar el proyecto de ejecución con las características técnicas siguientes:

Reforma de la línea aérea 25 kV, derivación a PT WB650:

Origen: TM número 10 existente de la línea aérea 25 kV a CT WB650. Final: TM número 12 existente de la línea aérea 25 kV a CT WB650. Término municipal: Montgai.

Tensión en kV: 25.

Longitud en km: 0,303.

Número de circuitos: uno.

Conductores de línea: tres por circuito.

Material de los conductores: aluminio-acero.

Sección en mm2: LA-40 (reinstalar conductor existente).

Material de los nuevos apoyos: metálico.

Altura media: 18 m.

Vano medio: 151,28 m.

Nueva línea aérea 25 kV al nuevo CT núm. 61.604 "Carrer Raval":

Origen: nueva TM número 11 de la línea aérea 25 kV a CT WB650.

Final: nueva TM número 22 (instalar conversión aérea-subterránea a nuevo CT) de la nueva línea 25 kV a nuevo CT 61.604 "Carrer Raval". Término municipal: Montgai y Preixens.

Tensión en kV: 25.

Longitud en km.: 2,939.

Número de circuitos: uno.

Conductores de línea: tres por circuito.

Material de los conductores: aluminio-acero.

Sección en mm2: LA-110.

Material de los nuevos apoyos: metálicos

Altura media: 19,83 m

Vano medio: 133,60 m

Nueva línea subterránea 25 kV al nuevo CT núm. 61.604 "Carrer Raval":

Origen: nueva TM número 22 (instalar conversión aérea-subterránea a nuevo CT) de la nueva línea 25 kV a nuevo CT 61.604 "Carrer Raval". Final: nuevo CT 61.604 "Carrer Raval".

Término municipal: Preixens.

Tensión en kV: 25.

Longitud en km.: 0,250 (zanja).

Número de circuitos: uno.

Conductores de línea: tres por circuito.

Material de los conductores: aluminio.

Sección en mm2: LA-240.

Estación transformadora:

Número: 61.604.

Nombre: "Carrer Raval".

Tipo: prefabricado en superficie tipo PFU-4 (preparado para 1000 kVA).

Potencia: 400 kVA.

Relación de transformación: 25.000/420-240 V.

Elementos de corte y protección: celdas SF6 para cada una de las celdas de entrada de línea y protección del transformador. (2L+1P). Se mantendrá una celda de línea en reserva.

Términos municipales: Montgai y Preixens (La Noguera).

Presupuesto: 135.000 euros.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo que dispone la normativa antes mencionada, y también con el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre el régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y sometida a las condiciones especiales siguientes:

1. Las instalaciones se deben llevar a cabo de acuerdo con el proyecto técnico presentado y firmado por el ingeniero técnico industrial señor Antonio Campos Barrabés, visado en fecha 25 de septiembre de 2008, con el núm. 9059, por el Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Lleida, que ha servido de base para la tramitación del expediente, con las variaciones que, si procede, se soliciten y se autoricen.

2. La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo que establecen el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por el Real decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobadas por la Orden ministerial de 18 de octubre de 1984; el Reglamento de líneas aéreas de alta tensión, aprobado por el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre; la Ley 13/1987, de 9 de julio, de seguridad de las instalaciones industriales, y el resto de disposiciones de aplicación general.

3. La empresa titular será la responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

4. El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada será de un año a contar desde la fecha de publicación de esta Resolución en el DOGC.

5. Los Servicios Territoriales de Economía y Finanzas en Lleida podrán realizar, durante las obras y una vez acabadas, las comprobaciones y las pruebas que consideren necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta Resolución.

6. Con esta finalidad, el titular de la instalación comunicará al citado órgano administrativo el inicio de las obras, las incidencias

dignas de mención que se produzcan durante la ejecución y su finalización.

La comunicación del final de las obras se acompañará con el certificado de dirección y finalización de la instalación que acredite que se ajustan al proyecto aprobado y que se ha dado cumplimiento a las normas y las disposiciones antes mencionadas y, si procede, se adjuntarán las actas de las pruebas realizadas.

7. La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento por parte del titular de la instalación de las condiciones que esta impone.

En este supuesto, la Administración, con la instrucción previa. del expediente oportuno, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

8. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para hacer las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el director general de Energía y Minas, del Departamento de Economía y Finanzas, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según la redacción que hace la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Lleida, 14 de octubre de 2009.- El Director de los Servicios Territoriales en Lleida, Pere Mir Artigues.

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