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Documento BOE-B-2009-3575

MURCIA.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 10 de febrero de 2009, páginas 12802 a 12802 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-3575

TEXTO

Concha Ruiz García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Que en el procedimiento número 777/2008, por auto de fecha 18 de diciembre de 2008, dictado por la ilma. sr.ª doña María Dolores de las Heras García, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil deudora "Promociones Lopymart, S.L.", con domicilio en avenida Europa, número 13, bajo, de Murcia, CIF B-73159519, habiendo recaído los siguientes pronunciamientos:

1.º   Que la referida mercantil conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los Administradores concursales, mediante su autorización o conformidad

2.º   Se nombran Administradores concursales al Letrado don Pedro Catalán Ramos, al Economista don Ezequiel Fernández García y a la acreedora Caja de Ahorros del Mediterráneo.

3.º   Se confiere a los acreedores del concursado el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de la última de las publicaciones de este edicto, acordadas en el Periódico y BOE, para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, lo que se efectuará por escrito, que se presentará ante este Juzgado, sito en Murcia, avenida 1.º de Mayo, número 1, edificio "Torres Azules", torre 4, planta 1.ª, indicando los datos personales y domicilio del interesado, al que se acompañarán los títulos de crédito originales y copia de todo ello, si se interesara el desglose de los mismos.

4.º   Contra el auto declarando el concurso a que se refiere el presente edicto, podrá interponerse recurso de apelación por cualquiera que acredite interés legítimo, debiendo efectuarlo ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días, que se contarán a partir del siguiente al de la última de las publicaciones acordadas.

Y para que el presente sirva de notificación y emplazamiento a los acreedores y, en general, para quien pudiera tener interés en personarse en las actuaciones, lo que se efectuará mediante Abogado y Procurador, libro el presente.

Murcia, 18 de diciembre de 2008.- La Secretaria Judicial.

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