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Documento BOE-B-2009-3508

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima la ampliación de la subestación a 400 kV de "Soto de Ribera", en la provincia de Asturias, y se declara su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 9 de febrero de 2009, páginas 12724 a 12726 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2009-3508

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Asturias, a instancia de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima con domicilio en La Moraleja, Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes número 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración de utilidad pública de la ampliación subestación arriba citada.

Resultando que la petición de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima ha sido sometida a información pública a los efectos previstos en los artículos 125 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no habiéndose presentado alegación alguna durante el plazo reglamentario.

Resultando que el anuncio de información pública fue expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Ribera de Arriba en cuyo término municipal radica la subestación, recibiéndose certificación acreditativa en la que se especifica que durante el plazo de exposición no se han producido alegaciones.

Resultando que a los efectos previstos en los artículos 127 y 131 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se enviaron ejemplares de proyecto, solicitando informe y establecimiento de condicionados técnicos si procedieran al Ayuntamiento de Ribera de Arriba, a la Dirección General de Promoción Cultural y Política Lingüística de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo a Hidrocantábrico Energía, a la Dirección General de Minería, Industria y Energía de la Consejería de Industria y Empleo, y a la Dirección General de Recursos Naturales y Protección Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio e Infraestructuras, y reiterada la petición, se reciben informes favorables de las Consejerías de Cultura, Industria y Empleo, y de Medio Ambiente, así como del Ayuntamiento de Ribera de Arriba.

Resultando que además de a los efectos del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre se solicitó informe al Ayuntamiento de Ribera de Arriba de acuerdo con la ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, por parte del Ayuntamiento se muestra conformidad al proyecto.

Resultando que enviado un ejemplar del proyecto a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Infraestructuras, Política Territorial y Vivienda a los efectos urbanísticos y de ordenación del territorio establecidos en la ley 13/2003, de 23 de mayo, del informe emitido no se deduce oposición, indicando que la ampliación proyectada de la subestación no implica la ampliación del recinto que actualmente ocupa.

Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Asturias.

Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2008.

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la ley 13/2003, de 23 de mayo.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1.- Autorizar a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima la ampliación de la subestación a 400 kV de "Soto de Ribera", en el término municipal de Ribera de Arriba, en la provincia de Asturias, que consiste básicamente en:

- Construcción y equipamiento de dos nuevas posiciones de línea completas; exceptuando los seccionadores de barras: línea Salas en la calle 4 y línea La Robla en la calle 5.

- La actual posición de línea La Robla, pasará a ser ocupada por la línea Grado en la calle 3.

La posición L 12 (actual Línea Narcea) de la calle 2 quedará en reserva equipada con tres interruptores.

- Aparamenta a instalar por posición en las calles 4 y 5: un transformador de intensidad, un interruptor, dos seccionadores rotativos de tres columnas; un seccionador rotativo de tres columnas con cuchillas de puesta a tierra; tres transformadores de tensión capacitivos, dos bobinas de bloqueo y un pararrayos.

- Ampliación de las redes de tierras inferiores.

- Estructuras metálicas y soportes de aparamenta.

- Para las nuevas posiciones propiedad de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima los servicios auxiliares de c.a. se alimentaran desde un nuevo cuadro a instalar en la caseta de relés CR-6 y del cuadro existente en la caseta de relés CR-4.

- Los servicios auxiliares de c.a. (400/230 V) de cada caseta de relés, se alimentaran con una doble alimentación desde el cuadro general de corriente alterna.

- Se instalaran bastidores de protecciones que tienen integrado el cuadro de distribución de 125 V c.c. para dar alimentación a los equipos de cada protección.

- En las casetas de relés CR-3 y CR-4 se instalaran cuadros de distribución de 48 V cc.

- Cimentaciones y viales: construcción de cimentaciones de la aparamenta.

- Sistemas de control, protecciones y telecomunicaciones.

La finalidad de la ampliación de la subestación es la de permitir la conexión a la red de transporte de las futuras líneas Grado y Salas para evacuar los excesos energéticos de Asturias y, en general, del noroeste hacia los centros de consumo.

2.- Declarar la Utilidad Pública de la ampliación que se autoriza a los efectos previstos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario General de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 20 de enero de 2009.- El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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