A tenor de las contradicciones apreciadas entre el pliego y la legislación vigente, se declara el desistimiento en el procedimiento de adjudicación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 139 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Madrid, 6 de octubre de 2009.- El Presidente de la Mesa de Contratación, Alfonso Luengo Álvarez-Santullano.
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