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Documento BOE-B-2009-27942

ALICANTE.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 10 de agosto de 2009, páginas 96304 a 96304 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-27942

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Secretario Judicial con destino en el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Proc. Concursal Abreviado -000364/2008-B, de la mercantil Maria del Pilar Ruiz Lopez y Luis Vidal Mas, en los que se ha dictado con esta fecha, Auto, cuya parte dispositiva contiene los particulares siguientes:

Parte Dispositiva:

1.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación, transformándose la sección quinta en de liquidación.

2.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición de los deudores sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. Se extingue el derecho de alimentos que se hubiera acordado.

3.- Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de 8 días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC.

4.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

5.- Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC.

Dentro de los Diez Días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor ó persona con interés legítimo podrá personarse y ser parte en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.

Alicante, 27 de julio de 2009.- La Secretaria Judicial.

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