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Documento BOE-B-2009-25716

SANTA CRUZ DE TENERIFE.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 24 de julio de 2009, páginas 88787 a 88787 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-25716

TEXTO

Don Alfonso Núñez Gómez, Secretario titular del Juzgado Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento Concursal 4/07, de la Entidad Insular de Electrodomésticos, Sociedad Limitada, se ha dictado la resolución del tener literal siguiente:

"........ Providencia del/la Magistrado-Juez, doña Carmen Rosa del Pino Abrante.

En Santa Cruz de Tenerife, a 16 de junio de 2009.

Dada cuenta: Visto el estado de la presentes actuaciones y el contenido del proveído de fecha 17 de febrero de 2009, se convoca nuevamente Junta de Acreedores de la Entidad Concursada, Insular de Electrodomésticos, Sociedad Limitada, para el próximo día 21 de septiembre del 2009, a las diez horas, en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Mercantil, sito en Santa Cruz de Tenerife, calle Leoncio Rodríguez, Edificio El Cabo 4.ª planta, librándose a tal fin los Edictos oportunos al Boletín Oficial del Estado y periódico "El Día", entregándosele a la Procuradora de la mencionada Entidad Concursada, para que cuide de su diligenciado y devolución, antes de la fecha de señalamiento.-

Se hace saber, que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117.2, el concursado deberá asistir a la junta de acreedores personalmente o hacerse representar por apoderado con facultades para negociar y aceptar convenios. El concursado o su representante podrán asistir acompañados de Letrado que intervenga en su nombre durante las deliberaciones; debiendo tener en cuenta, lo establecido en el artículo 118.1 y 2. respecto a que los acreedores que figuren en la relación de incluidos del texto definitivo de la lista tendrán derecho de asistencia a la junta. Los acreedores con derecho de asistencia podrán hacerse representar en la junta por medio de apoderado, sea o no acreedor. Se admitirá la representación de varios acreedores por una misma persona. No podrán ser apoderados el concursado ni las personas especialmente relacionadas con este, aunque sean acreedores.-

Lo acuerda y firma Su Señoría.- Doy Fe.- El/la Magistrado-Juez; El/la Secretario...............".-

Y para que sirva de notificación a todos los interesados y fines acordados, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado, su publicación en el Boletín Oficial del Estado y periódico-diario "El Día", extiendo y firmo la presente en

Santa Cruz de Tenerife, 16 de junio de 2009.- El Secretario.

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