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Documento BOE-B-2009-241

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Iberdrola Distribución, S.A.U., la línea eléctrica aérea a 66 kV de alimentación a la subestación de Recuenco desde la línea intercomunitaria Quel-Renfe-Marcilla, en el término municipal de Calahorra, en la provincia de La Rioja, y se declara su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 8 de enero de 2009, páginas 1568 a 1569 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2009-241

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en La Rioja, a instancia de Iberdrola Eléctrica Distribución, S.A.U. con domicilio en Bilbao (Vizcaya), Cardenal Gardoqui, 8, y domicilio a efectos de notificaciones en La Rioja, crta. de Laguardia 91-93, solicitando la autorización, declaración de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación arriba citada.

Resultando que a los efectos previstos en el artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se ha sometido a información pública la petición de Iberdrola Distribución, S.A.U., no recibiéndose alegaciones.

Resultando que, con fecha 8 de mayo de 2007, se remite separata del proyecto al Ayuntamiento de Calahorra, solicitando informe en lo que afecta a bienes y derechos a su cargo, según lo establecido en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Con fecha 25 de junio de 2007 se reitera petición de informe; se recibe informe favorable con condiciones el día 4 de julio de 2007 del citado Ayuntamiento. Remitido este informe a Iberdrola Distribución, S.A.U., se recibe respuesta manifestando la conformidad con el informe emitido.

Resultando que, con fecha 8 de mayo de 2007, se remite separata del proyecto a la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno de La Rioja, solicitando informe en lo que afecta a bienes y derechos a su cargo, según lo establecido en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Con fecha 18 de junio de 2007 se recibe informe favorable. Remitido este informe a Iberdrola Distribución, S.A.U., se recibe respuesta manifestando la conformidad con el informe emitido.

Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en La Rioja.

Visto el informe emitido por la Comisión Nacional de Energía, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada con fecha 20 de noviembre de 2008.

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Capítulo II y V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1.  Autorizar a Iberdrola Distribución, S.A.U., la línea eléctrica aérea a 66 kV de "alimentación a la subestación de Recuenco desde la línea intercomunitaria Quel-Renfe-Marcilla", en el término municipal de Calahorra, en la provincia de La Rioja, cuyas características principales son:Término municipal afectado: Calahorra, provincia de La Rioja.

Tipo: Línea Aérea

Tensión: 66 V

Frecuencia: 50 Hz.

Número de circuitos Simple Trifásico.

Longitud: 159 m. Tomará como punto de partida un apoyo a intercalar entre el 604 y 605 de la línea intercomunitaria "Quel-Renfe-Marcilla" y tendrá como destino el pórtico de la nueva subestación de "Recuenco"

Fases: Conductores del tipo aluminio-acero LA-280, de 281 mm2 de sección. Apoyos metálicos de celosía.

La finalidad de la instalación es alimentar la subestación de "Recuenco" y así mejorar el suministro eléctrico de la zona.

2.Declarar la utilidad pública de la instalación que se autoriza, a los efectos previstos en el título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 10 de diciembre de 2008.- El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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