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Documento BOE-B-2009-2357

BARCELONA.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 2009, páginas 8385 a 8386 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2009-2357

TEXTO

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 33 BARCELONA

PROCEDIMIETNO ORDINARIO Nº 813/2008 Sección A.

PARTE DEMANDANTE Carmen Fabregas Sole.

PARTE DEMANDADA Josep Maria Vidal Barraquer Cot, Eduard Vidal Barraquer Cot, Montserrat Vidal Cot, Maria Eugenia Vidal Barraquer Mayol, Francesc Vidal Barraquer Mayor, Maria Rosa Vidal Barraquer Mayol y IGNORADOS HEREDEROS SOBRE Elevación a público de contrato privado de compraventa.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada ULTERIORES IGNORADOS HEREDEROS de Montserrat Vidal Barraquer Flaquer, Angela Vidal Barraquer Marfá,Ramón Vidal Barraquer Marfá y Antonio Vidal Barraquer Marfá, por providencia del día de la fecha el señor Magistrado Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación a dichos ignorados herederos de la Sentencia dictada en este procedimiento en fecha 19 de diciembre de 2008 cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal suiguiente:

"SENTENCIA

En la Ciudad de Barcelona, a diecinueve de diciembre de dos mil ocho.

Vistos por el Iltmo. Sr. DON VICENTE BALLESTA BERNAL, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 33 de Barcelona, los presentes autos de Juicio Ordinario que se tramitan en este Jugado con el nº 813/08, a instancia de Doña Carmen Fábregas Sole representada por el procurador Doña Mª Carmen Fuentes Millán, contra DOÑA Mª EUGENIA VIDAL BARRAQUER MAYOL, DON FRANCESC VIDAL BARRAQUER MAYOL, DOÑA MARIA ROSA VIDAL BARRAQUER MAYOL, DON JOSEP MARIA VIDAL BARRAQUER COT, DON EDUARD VIDAL BARRAQUER COT Y DOÑA MONTSERRAT VIDAL BARRAQUER COT, Y CONTRA LOS DEMAS IGNORADOS HEREDEROS de Doña Montserrat Vidal Barraquer Flaquer, Doña Angela Vidal Barraquer Marfá, Don Ramón Vidal Barraquer Marfá y Don Antonio Vidal Barraquer Marfá y Don Antonio Vidal Barraquer Marfá, sobre elevación a público de documento privado de compraventa y otros extremos" y

"FALLO

Que estimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Doña Maria del Carmen Fuentes Millán en representación de DOÑA CARMEN FABREGAS SOLE, contra DOÑA Mª EUGENIA VIDAL BARRAQUER MAYOL, DON FRANCESC VIDAL BARRAQUER MAYOL, DOÑA MARIA ROSA VIDAL BARRAQUER MAYOL, DON JOSEP MARIA VIDAL BARRAQUER COT, DON EDUARD VIDAL BARRAQUER COT Y DOÑA MONTSERRAT VIDAL BARRAQUER COT, Y CONTRA LOS DEMAS IGNORADOS HEREDEROS de Doña Montserrat Vidal Barraquer Flaquer, Doña Angela Vidal Barraquer Marfá, Don Ramón Vidal Barraquer Marfá y Don Antonio Vidal Barraquer Marfá,, debo declarar y declaro la validez del contrato privado de compraventa celebrado en fecha 23 de enero de 1.988, de la finca registral nº 17280-N del registro de la Propiedad nº 3 de Reus (Tarragona), por importe de 4.750.000 Pts. que se encuentran totalmente pagadas por la compradora.

Que condeno a los demandados a estar  y pasar por esta declaración y a elevar a escritura pública el contrato privado de compraventa, con la finalidad de proceder a su inscripción en el Registro de la Propiedad.

Que no procede hacer expreso pronunciamiento sobre las costas originadas en el presente juicio.

Así por esta mi sentencia, contra la que puede interponerse Recurso de Apelación, mediante su preparación ante este Juzgado en el plazo de Cinco Días desde su notificación, y de la que se deducirá testimonio para su unión a las presentes actuaciones con incorporación del original al Libro de Sentencias de este Juzgado, lo pronuncio, mado y firmo."

BARCELONA, 7 de enero de 2009.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

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