Está Vd. en

Documento BOE-B-2009-23476

Anuncio de la Notaría de don Enrique Tejedo Aznar de la Subasta Pública Notarial para la venta de participaciones sociales de la mercantil "Lemo, Sociedad Limitada".

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 8 de julio de 2009, páginas 82060 a 82061 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2009-23476

TEXTO

Don Enrique Tejedo Aznar, Notario de Vila-Real (Castellón),

Hago constar: Que en ejecución de lo dispuesto por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Vila-Real, ante el cual se tramita procedimiento de ejecución de títulos judiciales 000334/2004 a instancia de "Tsc Spa" contra "Talleres Heros, S.L.", se anuncia la celebración de pública subasta para la venta de las participaciones sociales embargadas, propiedad de la demandada, a que se hace referencia a continuación. Los documentos, condiciones y bases de la subasta están de manifiesto al público en mi despacho y de los mismos resulta:

Bases de la subasta:

Primera.- Señalamiento: La subasta se celebrará el día 28 de julio de 2009, a las doce horas, en mi despacho notarial sito en Vila-Real, avenida la Murá, 3, entresuelo, mediante una única subasta, salvo que se interrumpa la tramitación de la misma por mandato judicial o se revoque el requerimiento por el Juzgado.

Segunda.- Participaciones que se sacan a subasta: De conformidad con lo dispuesto en los autos del Juzgado son las siguientes: Participaciones números 501.251 a 1.000.000 ambos incluidos de la mercantil "Lemo, S.L.", con domicilio en Vila-Real (Castellón), calle Paz, 14-16. Inscrita en el Registro Mercantil de Castellón al folio 64 y siguientes, del tomo 681 General de Sociedades, del Libro 248, hoja número CS6749, inscripciones 1.ª a 6.ª

Tercera.- Tipo de la subasta: La subasta se realizará al mejor postor y sin sujeción a tipo.

Cuarta.- Posturas:

Los licitadores, para tomar parte en la subasta prevista, deberán consignar en la cuenta de consignaciones y depósitos del Juzgado abierta en la entidad Banesto, oficina de Vila-Real, expediente número: 1357 0000 05 0334 04, la cantidad de Dieciocho mil setecientos tres euros con trece céntimos, equivalente al cinco por ciento del valor nominal de las participaciones que se subastan y aportar a la Notaría el correspondiente justificante bancario de haberlo realizado. El demandante podrá tomar parte en la subasta sin necesidad de consignar cantidad alguna.

Se admitirán posturas por escrito y en sobre cerrado, en las que se identificará el licitador y se señalará la cantidad fija ofrecida. Los sobres deberán ser entregados al Notario con antelación al acto de la subasta, juntamente con el justificante bancario de haber realizado el depósito a que se refiere el apartado anterior.

El Notario, en su caso, abrirá los sobres y señalará la cantidad que resulte la mejor postura presentada por escrito, incorporando al acta todos los folios de puja. A continuación se admitirán posturas verbales de licitadores que, previamente identificados por el Notario, acrediten haber realizado el correspondiente depósito y se adjudicará el remate al mejor postor por la cantidad fija ofrecida, haciéndose constar en acta todas las posturas. El precio del remate se depositará en la Notaría por medio de cheque conformado de cualquier entidad bancaria extendido a favor del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Vila-Real. Si el rematante no deposita el precio del remate en el plazo de diez días naturales desde la fecha de la subasta, perderá la fianza depositada y se hará una nueva adjudicación a favor del siguiente mejor postor, y así sucesivamente.

No podrá cederse el remate.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 31.2 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, celebrada la subasta, quedará en suspenso la aprobación del remate y la adjudicación de las participaciones sociales embargadas y se remitirá a la sociedad copia autorizada del acta de subasta a los efectos del ejercicio del derecho de adquisición preferente. Si los socios o, en su caso, la sociedad, ejercitan su derecho de adquisición preferente, subrogándose en lugar del rematante, deberán consignar en la Notaría íntegramente el importe del remate y de todos los gastos causados por la subasta, cuyas condiciones deberán aceptar expresamente. Transcurrido un mes a contar desde la comunicación a la sociedad sin que conste el ejercicio del derecho de adquisición preferente, el remate será firme.

Quinta: Se requiere a la demandad para que comparezca en el Acta en defensa de sus intereses. Quedan siempre a salvo el ejercicio de los derechos correspondientes ante los Tribunales de Justicia.

Todo ello se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Vila-Real, 15 de junio de 2009.- El Notario de Vila-Real prerteneciente al Ilustre Colegio Notarial de Valencia, Enrique Tejedo Aznar.

ANÁLISIS

Tipo:
Subasta
Ámbito geográfico:
Comunidad Valenciana
Materias:
318 Impresos y publicaciones,
Observaciones:
Suministros.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid