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Documento BOE-B-2009-22256

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la publicación oficial de extracto de la Resolución del procedimiento sancionador PS/00251/2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 29 de junio de 2009, páginas 77922 a 77922 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2009-22256

TEXTO

Tras haber resultado infructuoso el intento de práctica de notificación efectuada en el último domicilio conocido de Compulease Informática y Distribución, S.L., según lo previsto en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), procede acudir al medio de notificación previsto en el artículo 59.5 de LRJPAC, en el modo que prevé el artículo 61 de la citada Ley. En consecuencia, a continuación se transcribe, y para que sirva de notificación, extracto de la parte dispositiva de la resolución R/01333/2009, del procedimiento sancionador n.º PS/00251/2009, el Director de la Agencia Española de Protección de Datos, resuelve:

Primero: Declarar el archivo del procedimiento PS/00251/2009.

Segundo: Notificar la presente resolución a la entidad Compulease Informática y Distribución, S.L., y a D.S.P.

De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 37 de la LOPD, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, la presente Resolución se hará pública, una vez haya sido notificada a los interesados. La publicación se realizará conforme a lo previsto en la Instrucción 1/2004, de 22 de diciembre, de la Agencia Española de Protección de Datos sobre publicación de sus Resoluciones y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 116 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 48.2 de la LOPD), y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Director de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o, directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto legal. Firmado en Madrid, en fecha 4 de junio de 2009, por don Artemi Rallo Lombarte, Director de la Agencia Española de Protección de Datos.

Para su conocimiento, el expediente completo podrá ser examinado, así como solicitar una copia del mismo, en horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, en la sede de la Agencia Española de Protección de Datos, sita en la C/ Jorge Juan, 6, 4.ª planta, Servicio de Notificaciones, 28001 Madrid.

Madrid, 23 de junio de 2009.- El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, Artemi Rallo Lombarte.

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