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Documento BOE-B-2009-2170

CÁDIZ.

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 2009, páginas 8060 a 8061 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2009-2170

TEXTO

Edicto.

Juzgado de Primera Instancia número 3 de Cádiz.

Juicio: Procedimiento ordinario 909/2008.

Parte demandante: Ana María López Palop González de Peredo.

Parte demandada: Juan Climaco Díaz Tezanos, sus presuntos herederos. O la herencia yacente, así como cualquier otro tercero que pueda tener interés en esta causa.

Sobre: Procedimiento ordinario.

En el juicio referenciado se ha acordado entregar a la parte demandada la cédula cuyo texto literal es el siguiente:

Cédula de emplazamiento.

Tribunal que ordena emplazar: Juzgado de Primera Instancia número 3 de Cádiz

Asunto en que se acuerda: El arriba referenciado.

Persona a la que se emplaza: Juan Climaco Díaz Tezanos, sus presuntos herederos. O la herencia yacente, así como cualquier otro tercero que pueda tener interés en esta causa en concepto de parte demandada.

Objeto del emplazamiento: Comparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda sobre declaración de titularidad dominical por prescripción adquisitiva de la finca número 2.566 del Registro de la propiedad número 3 de Cádiz, sita en la calle Sagasta, número 23, de Cádiz.

Tribunal ante el que debe comparecer: En la sede de este Juzgado.

Plazo para comparecer: Veinte días hábiles computados desde el siguiente al de este emplazamiento.

Prevenciones legales.

Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil).

La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por auto de esta fecha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de emplazamiento.

Cádiz, 13 de noviembre de 2008.- El/la Secretario/a Judicial.

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