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Documento BOE-B-2009-21044

TARRAGONA.

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 19 de junio de 2009, páginas 73320 a 73321 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-21044

TEXTO

Edicto

Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) Tarragona

Don Joan Holgado Estebán, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona, por el presente

Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 391/2008 se ha dictado en fecha 10 de junio de 2009 Auto de Finalización de la Fase Común del concurso y Apertura de la Fase de Convenio de "Marmus Promotora Catalana, S.L.U." con CIF número B43848654 y domicilio en Calle Rosa Venes i Llobera 3 Entresuelo Tarragona (Tarragona), habiendo caído la resolución cuya parte dispositiva es la que sigue:

"Auto

El Magistrado Juez Sustituto don Ignacio Lasierra Gómez.

En Tarragona, a diez de junio de dos mil nueve.

Antecedentes de Hecho

Primero.- En fecha 03 de Septiembre de 2008 fué repartida a este Juzgado solicitud de declaración de concurso por la Procuradora de los Tribunales Purificación García Díaz en nombre y representación de "Marmus Promotora Catalana, S.L.U.", cumpliéndose todos y cada uno de los requisitos de capacidad y legitimación y acompañada de los preceptivos documentos exigidos por los artículos 1 a 5 de la Ley Concursal.

Segundo.- Estimada completa la solicitud, en fecha 03 de noviembre de 2008, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y 13 se dictó auto de declaración de concurso voluntario de acreedores en la forma y con los requisitos exigidos en los artículos 20 y 21 y dándole al mismo la publicidad prevista en los artículos 22 y 23, formándose las Secciones Primera a Cuarta de las previstas en el artículo 183, todos ellos de la Ley Concursal.

Tercero.- En el mismo auto de declaración de concurso de acreedores se procedió a la designación de la administración concursal, los cuales aceptaron y tomaron posesión de su cargo y en fecha 09 de febrero de 2009,, dentro del plazo legalmente previsto presentaron informe en la forma y con los requisitos exigidos por los artículos 73 y 74 de la Ley Concursal.

Cuarto.- Publicada mediante edictos la presentación del informe acompañado de la correspondiente documentación, se concedió el plazo de diez días para la impugnación del inventario y de la lista de acreedores, resolviéndose las impugnaciones presentadas con el resultado que obra en autos y presentando la administración concursal sus textos definitivos en este Juzgado.

Fundamentos de Derecho

Único.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 111 de la Ley Concursal, cuando el concursado no hubiere solicitado la liquidación y no haya sido aprobada ni mantenida una propuesta anticipada de convenio conforme a lo establecido en la sección tercera, el Juez, dentro de los quince días siguientes a la expiración del plazo de impugnación del inventario y de la lista de acreedores si no se hubiesen presentado impugnaciones o, de haberse presentado, a la fecha en que se pongan de manifiesto en la Secretaria del Juzgado los textos definitivos de aquellos documentos, dictará auto poniendo fin a la fase común del concurso, abriendo la fase de convenio y ordenando la formación de la Sección quinta. El auto ordenará convocar junta de acreedores de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 fijando lugar, día y hora de la reunión.

Por todo ello, vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación.

Parte dispositiva

Se declara la Finalización de la Fase Común del Concurso y la Apertura de la Fase de Convenio; pudiendo presentar propuestas de convenio desde la convocatoria de la junta hasta 40 días antes de la fecha señalada para su celebración por el concursado y por los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente, una quinta parte del total pasivo resultante (artículo 113.2 de la Ley Concursal).

Fórmese la Sección Quinta que comprenderá todo lo relativo al convenio, su proposición, discusión aceptación, aprobación, impugnación y cumplimiento.

Se convoca Junta de Acreedores para el próximo día 25 de Noviembre de 2009 a las 12 horas en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Mercantil, sito en Avenida Roma, 19.

Publíquese el correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado, librándose para ello el oportuno oficio, así como mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Tarragona para la inscripción del presente auto en la hoja abierta a la concursada de ese Registro; entregándose los despachos acordados a la Procuradora del solicitante del concurso a fin de que proceda a su diligenciamiento.

Se Fija la Retribución de los Administradores Concursales, a tenor de lo dispuesto en el artículo 4.4 del Real Decreto 1860/04 en la cantidad de 28.999 euros, cantidad ya fijada en el auto de fecha 10 de diciembre de 2008.

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que se preparará en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación ante este juzgado, del que conocerá la Ilustrísima Audiencia Provincial de Tarragona y que tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.3 de la ley Concursal.

Así lo acuerda, manda y firma Don Ignacio Lasierra Gómez, Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe."

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en,

Tarragona, 10 de junio de 2009.- El Secretario Judicial.

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