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Documento BOE-B-2009-20411

PALMA DE MALLORCA.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 16 de junio de 2009, páginas 71344 a 71344 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-20411

TEXTO

El juzgado de lo Mercantil número dos de Palma de Mallorca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 195/2009, por auto de 02.06.09 se ha declarado en concurso voluntario abreviado a los deudores Virtual Inversions, SL, CIF B 07876139, Virtual So i Llum, SL, CIF B57182362, Zona Técnica, SL CIF B57123002, con domicilio en Calle Gremi Cirurgians i Barrers nº 1 nave 29 -Palma de Mallorca-, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Palma de Mallorca.

2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

3º.- Que los acreedores de las entidades concursales deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Lc, mediante escrito dirigido al Juzgado de lo Mercantil nº 2 firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o quien acredite representación suficiente de ellos, expresando todos y cada uno de los datos relacionados en el artículo 85.2 y acompañando originales o copias autenticadas del título o de los documentos relativos al crédito y aportando un juego de copias para la administración concursal así como otro más si se interesase la devolución de los títulos originales.

El plazo para esta documentación es el de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Palma de Mallorca, 3 de junio de 2009.- El/la Secretario Judicial.

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