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Documento BOE-B-2009-20237

CAIXA CATALUNYA GARANTIT 3-B, FI
(FONDO ABSORBENTE)
CAIXA CATALUNYA MERCAT MONETARI, FI
CAIXA CATALUNYA DINER, FI
CAIXA CATALUNYA DINER PLUS, FI
CAIXA CATALUNYA TRESORERIA, FI
CAIXA CATALUNYA TRESORERIA INSTITUCIONAL, FI
(FONDOS ABSORBIDOS)

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 13 de junio de 2009, páginas 71102 a 71102 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2009-20237

TEXTO

ANUNCIO DE FUSIÓN POR ABSORCIÓN

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 26 cuarto de la Ley 35/2003 de 4 de noviembre, se hace público:

- Que con fecha 10 de marzo de 2009, el Consejo de Administración de CAIXA CATALUNYA GESTIÓ S.G.I.I.C., S.A., como Sociedad Gestora y con fecha 17 de marzo de 2009, el Consejo de Administración de CAIXA D'ESTALVIS DE CATALUNYA, como Entidad Depositaria, aprobaron por unanimidad, los acuerdos de fusión por absorción de los fondos CAIXA CATALUNYA GARANTIT 3-B FI, como Fondo Absorbente de CAIXA CATALUNYA MERCAT MONETARI FI, CAIXA CATALUNYA DINER FI, CAIXA CATALUNYA DINER PLUS FI, CAIXA CATALUNYA TRESORERIA FI y CAIXA CATALUNYA TRESORERIA INSTITUCIONAL FI, como Fondos Absorbidos.

- Que con fecha 5 de junio de 2009, la Comisión Nacional del Mercado de Valores autorizó el Proyecto de Fusión de los citados fondos presentado por dichas entidades, en el que se recoge la fusión por absorción, con disolución sin liquidación de los absorbidos y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos al absorbente, sucediendo éste a título universal en todos sus derechos y obligaciones a los absorbidos.

- Que como consecuencia de lo anterior y dado que ninguno de los fondos implicados aplica comisiones ni descuentos por reembolsos, se informa a los partícipes de estos fondos que así lo deseen, la posibilidad de reembolsar sus participaciones con aplicación del valor liquidativo del día de su solicitud. La ejecución de la fusión no se producirá antes de que haya transcurrido el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente anuncio o desde la fecha de remisión de la comunicación individualizada, si ésta fuera posterior.

- Que los acreedores de los fondos implicados en la fusión podrán oponerse a la misma en el plazo de un mes desde a contar desde la publicación del presente anuncio, en los términos establecidos en el artículo 166 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

- Que de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que los partícipes y acreedores tienen el derecho de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Proyecto de Fusión.

Barcelona, 12 de junio de 2009.- CRISTINA PUIG CARRASCO, SECRETARIO NO CONSEJERO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE CAIXA CATALUNYA GESTIÓ S.G.I.I.C., S.A.

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