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Documento BOE-B-2009-20132

Resolución de 8 de junio de 2009, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se señala fecha para el levantamiento de las actas previas a la ocupación en el expediente de expropiación forzosa motivado por las obras de la Entidad Pública Empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) "Aeropuerto de Gran Canaria. Expediente de Expropiación Forzosa para la adquisición de los terrenos necesarios para la ampliación de la Plataforma Norte-Sur y nuevos accesos a la zona del Aeropuerto", en los Términos Municipales de Ingenio y Telde. (Expediente número 85-Aena/08).

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 12 de junio de 2009, páginas 70906 a 70906 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2009-20132

TEXTO

Finalizado el plazo de Información Pública abierto a efectos de subsanar posibles errores que hubieran podido producirse en la relación de bienes, derechos y propietarios afectados por el expediente de referencia, este Ministerio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa ha resuelto fijar los días 24 y 25 de junio de 2009, para proceder al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación de los bienes y derechos necesarios afectados, situados en los términos municipales de Ingenio y Telde (Las Palmas de Gran Canaria).

Independientemente de la citación de carácter personal que se realizará a cada uno de los titulares de los bienes y derechos afectados, según lo establecido en el artículo 52.2ª de la Ley de Expropiación Forzosa, se expondrá la relación completa de los mencionados titulares en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Ingenio y Telde (Las Palmas de Gran Canaria). Asimismo, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en dos periódicos de máxima difusión de la misma.

El trámite para efectuar el Levantamiento de Actas Previas a la Ocupación, se iniciará en las dependencias de los Ayuntamientos de Ingenio y Telde, en los días y horas indicados, donde deberán comparecer los interesados con los documentos acreditativos de identidad y legitimidad, así como de titularidad de los bienes y derechos a expropiar, sin perjuicio del traslado posterior a las fincas objeto de la expropiación, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa.

Madrid, 8 de junio de 2009.- El Director General de Aviación Civil. Orden FOM/205/2009, de 2 de febrero. Boletín Oficial del Estado de 9 de febrero de 2009. Firmado: Manuel Ameijeiras Vales.

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