Resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se aprueba provisionalmente y se ordena la incoación del expediente de información pública del Proyecto de Trazado de Obras de primer establecimiento: "Variantes de Trazado. Autovía del Nordeste A-2. Subtramo: B2 (p.k. 298 al p.k. 305).
Concesionaria: Autovía de Aragón Sociedad Concesionaria, S.A.
Provincia de Zaragoza.
La empresa Autovía de Aragón Sociedad Concesionaria s.a, adjudicataria del contrato de Concesión para la Conservación y Explotación de la Autovía A-2. Tramo: Calatayud-Alfajarín, ha remitido el Proyecto de Trazado de Obras de Primer Establecimiento de "Variantes de Trazado. Autovía del Nordeste A-2. Subtramo: B2 (p.k. 298 AL p.k. 305)", para su revisión reglamentaria, previa a la aprobación del mismo.
Con fecha 16 de abril de 2009 se ha redactado el Informe de la Subdirección General Adjunta de Proyectos.
En virtud de lo anterior, hago constar lo siguiente:
El Proyecto de trazado de referencia (en lo sucesivo Proyecto) está suscrito en febrero de 2009.
El Proyecto ha sido redactado por la Sociedad Concesionaria Autovía de Aragón Sociedad Concesionaria, S.A., con la asistencia técnica de la empresa consultora Eptisa, estando suscrito, como autor del mismo, por el ingeniero de caminos, canales y puertos D. Antonio Fernández de Sevilla Almendros, afecto a la sociedad concesionaria, siendo Ingeniero Inspector de Proyectos, Construcción y Explotación de la concesión el Ingeniero de caminos, canales y puertos del Estado D. Domingo Oliveros Martínez adscrito a la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón.
LA longitud del tramo en el que se encuadran las actuaciones definidas en el Proyecto, es de 7,0 km.
El Presupuesto Base de Licitación estimado del Proyecto, es de 31.546.949,87 euros, sin incluir el IVA (16 %) que asciende a 5.047.511,98 euros.
En su virtud, resuelvo:
Aprobar provisionalmente el Proyecto de Trazado de Obras de Primer establecimiento de: "Variantes de trazado. Autovía del Nordeste A-".Subtramo: B2 (p.k 298 al p.k 305)" por un presupuesto base de licitación estimado de 31.546.949, 87 € sin incluir el IVA (16%) que asciende a 5.047.511,98 euros, con las siguientes prescripciones a cumplimentar en el Proyecto de Construcción:
Respecto a la memoria
- Se deberá justificar que no resulta necesaria la Actuación 303.0 contemplada en el Anteproyecto AO-Z-26.
- Se deberá incluir un apartado especifico sobre el cumplimiento de los aspectos señalados en la Resolución de 13 de enero de 2006 de la Secretaria General para la Prevención de la Contaminación y el cambio Climático del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
- Se deberá incluir un apartado específico sobre el cumplimiento de las indicaciones contenidas en el informe de 7 de abril de 2006 del Comisario de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Ebro.
Respecto a cartografía y topografía
- Se deberá incluir la parte correspondiente a topografía y cartografía de detalle de las zonas donde vayan a emplazarse las estructuras y las obras de drenaje, tanto las nuevas como las que se vayan a prolongar.
Respecto a la climatología y la Hidrología
- Se deberían subsanar las incorrecciones existentes en los datos de las cuencas, concretamente en la 303.5 c y la 304.5 c.
Respecto del tráfico
- Se deberán incluir los estudios de tráfico para los diferentes enlaces y sus ramales.
Se deberán especificar las intensidades Adoptadas como dato de entrada en el programa para el estudio de la capacidad de las glorietas proyectadas.
Respecto a la geotecnia del corredor
- Se debería realizar la caracterización geotécnica adecuada de los materiales y establecer, para cada una de las unidades geotécnicas diferenciadas, su composición litológica, la extensión, potencia y ubicación de los afloramientos más importantes, las características geomorfológicas ene. Caso de que las presenten, las características hidrogeológicas y, por ultimo, las características geotécnicas.
- Se debería completar el número de ensayos de laboratorio, sobre todo en lo referente a la determinación de parámetros resistentes.
- Se debería disponer de estaciones geomecánicas para poder realizar el cálculo de estabilidad de los desmontes.
- Se deberían realizar ensayos de corte directo sobre muestra remoldeada para disponer de información más precisa en cuanto a la cohesión y ángulo de fricción estimados para el material tipo todo-uno.
Respecto a los firmes
- Se deberá cumplir lo especificado en la tabla 5- "Características de los materiales de firme" en la sección de firme adoptada para el tronco, 032, al disponer de una capa de 35 cm. de SC en el arcén.
- Se deberán adoptar en todos los documentos del Proyecto las nuevas nomenclaturas de productos bituminosos y la denominación de las mezclas bituminosas de acuerdo al marcado CE, obligatorio desde el 1 de marzo de 2008, según BOE de 5 de mayo de 2007.
- Se deberá tener en cuenta, en el caso de las capas intermedias, la Orden Circular 21/2007 sobre el uso y especificaciones que deben cumplir los ligantes y mezclas bituminosas que incorporen caucho procedente de neumáticos fuera de uso (NFU). Asimismo, se debería tener en consideración la Orden Circular 21 bis/2009, que complementa a la orden anterior.
- Se deberá tener en cuenta la O.C 24/2008 sobre el "Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares Generales para Obras de Carreteras y Puentes (PG-3). Artículos: 542- Mezclas Bituminosas en Caliente Tipo Hormigón Bituminoso y 543- Mezclas Bituminosas para capas de Rodadura. Mezclas Drenantes y Discontinuas".
Respecto al drenaje
- Se debería especificar el cumplimiento de la condición del resguardo mínimo indicado en el escrito de 7 de abril de 2006 de la Confederación Hidrográfica del Ebro así como la condición de sobreelevación menor de 0,5 m en la entrada de las obras de drenaje transversal.
- Se debería comprobar la existencia de daños catastróficos con la avenida con periodo ce retorno de 500 años, y calcular la sobreelevación que se producirá en la curva de entrada a la ODT 304.5 en el Encauzamiento 303.5, así como las posibles erosiones a la entrada a la misma.
- Se debería proyectar el desagüe del punto bajo del p.k 2+500 MD, a la salida de la ODT 300.5, así como el correspondiente a los puntos bajos que se forman en el p.k 0+120 M.I del Camino 2 (Eje 14) y entre el final del Eje 30 y la Glorieta M.D del Enlace 302.7.
- Se deberían representar los detalles del drenaje profundo, especificados en la O.C 17/2003 en los Planos de Secciones Tipo.
- Se deberían corregir los cálculos del encauzamiento 303.5 e incluir el cálculo de las dimensiones de la escollera a disponer y su número de capas.
Respecto a estructuras
- Se deberá disponer cuña de transición en los pasos bajo autovía p.k 300.9 y p.k 301.3 de acuerdo con lo especificado en el PG-3 y en la Guía de Cimentaciones de la Dirección General de Carreteras.
Respecto a soluciones propuestas al tráfico durante las obras
- Se deberá mantener la capacidad actual de la autovía en todas las fases planteadas para el estudio de soluciones al tráfico de cada una de las actuaciones.
- Se deberán presentar planos de detalle de la señalización vertical y horizontal de obra y de las protecciones necesarias.
Respecto a la ordenación ecológica, estética y paisajística
- Se deberá desarrollar con detalle la información del inventario ambiental e incluir planos de vegetación, espacios naturales protegidos (especialmente los Hábitats) y cualquier elemento destacado del medio.
- Se deberán consensuar las medidas de protección del patrimonio arqueológico con la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Diputación General de Aragón.
- Se deberán mantener contactos con el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) con el fin de consensuar la afección y reposición del Cordel de Garrucha.
Respecto a la coordinación con otros organismos
- Se deberán mantener contactos con todos los organismos y entidades públicas que resultan afectados según lo indicado en el Anejo 21 "Reposición de Servicios afectados".
Respecto a las expropiaciones
- Se deberán completar las fichas de cada una de las parcelas expropiadas, definir correctamente las expropiaciones relativas a la reposición de servicios y representar en Planos todos los puntos correspondientes a la poligonal de expropiación, cuyo listado de coordenadas se adjunta.
Respecto a reposición de servicios
- Se deberá proseguir el cumplimiento de la "Circular sobre Modificación de Servicios en los Proyectos de Obras" de la Dirección General de Carreteras de 7 de marzo de 1994.
Respecto a los planos
- Se deberán incluir planos de planta en los que se refleje la ubicación del cerramiento.
Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón, se proceda a incoar el correspondiente Expediente de Información Pública, de acuerdo con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cumplimiento de cuanto establecen los art. 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su Reglamento.
Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución y la relación a que se refiere el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa, sea publicada en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza y un diario de mayor circulación de dicha provincia (art.18.2).
Madrid, 21 de abril de 2009.-Director General de Carreteras, por delegación, el Subdirector General de Proyectos (Resolución 12-7-1999). Fdo.: M.ª José Rallo del Olmo.
Lo cual se comunica para general conocimiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 86 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y a los efectos de que se pueda efectuar, durante el plazo de 20 días siguientes a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, las alegaciones que se estimen pertinentes tanto en la relación con la aprobación provisional del Proyecto referenciado como para rectificar posibles errores de la relación de afectados que se acompaña, las cuales se presentarán en la sede de la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón, C/ Capitán Portolés, 1-3-5, 5.ª planta, en cuyo lugar, así como en cada uno de los Ayuntamientos de: La Muela y Zaragoza, se podrá igualmente examinar la documentación del mismo."
RELACIÓN DE AFECTADOS
MUNICIPIO |
POL |
PAR |
TITULAR |
PARAJE |
SUPERF EXPROP (M2) |
SUPERF. OCUPA TEMP (M2) |
SUPERF. SERVID DE PASO (M2) |
LA MUELA |
46 |
9002 |
PROPIEDAD PUBLICA |
AUTOVÍA A-2 |
8.257 |
0 |
0 |
LA MUELA |
77532 |
04 |
AURED AURED M-PILAR |
CM CAMINO DE LOS ESTRECHOS 13 Suelo |
205 |
0 |
0 |
LA MUELA |
77532 |
03 |
NYESA VIVIENDAS ZARAGOZA SL |
CM PASO DE GANADO 1(A) Suelo |
180 |
0 |
0 |
LA MUELA |
77532 |
02 |
NYESA VIVIENDAS ZARAGOZA SL |
CM PASO DE GANADO 1 Suelo |
200 |
0 |
0 |
LA MUELA |
46 |
9007 |
PROPIEDAD PUBLICA |
CAMINO DE VAL DE CUADROS |
855 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
9016 |
PROPIEDAD PUBLICA |
CAMINO DE MONCASI |
3.145 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
9003 |
PROPIEDAD PUBLICA |
AUTOVÍA A-2 |
128.925 |
0 |
0 |
LA MUELA |
79551 |
01 |
NYESA VIVIENDAS ZARAGOZA SL |
CM PASO DE GANADO 2 Suelo |
1.310 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
9015 |
PROPIEDAD PUBLICA |
CAMINO DE VAL DE CUADROS |
2.551 |
0 |
0 |
LA MUELA |
53 |
9006 |
PROPIEDAD PUBLICA |
CAMINO DEL POZO DEL AHOGADO |
6.283 |
0 |
0 |
LA MUELA |
53 |
54 |
NYESA VIVIENDAS ZARAGOZA SL |
POZO DEL AHOGADO |
449 |
0 |
0 |
LA MUELA |
53 |
55 |
SOLANS MANERO CARLOS |
POZO DEL AHOGADO |
1.388 |
0 |
0 |
LA MUELA |
53 |
9005 |
PROPIEDAD PUBLICA |
CAMINO DEL POZO DEL AHOGADO |
142 |
0 |
0 |
LA MUELA |
53 |
60 |
MATEO MATEO TIMOTEO |
CAMINO DEL POZO DEL AHOGADO |
3.019 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
4 |
SOLANS BARBERAN JOSE-LUIS |
LA CACHURRERA |
642 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
143 |
SOLANS MANERO CARLOS |
LA CACHURRERA |
2.022 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
16 |
SOLANS BARBERAN JOSE-LUIS |
LA CACHURRERA |
4.383 |
714 |
714 |
LA MUELA |
47 |
9022 |
PROPIEDAD PUBLICA |
CAMINO DE LA CACHURRERA |
4.581 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
17 |
LOBEZ MILLAN JOSE-RAMON |
LA CACHURRERA |
927 |
99 |
99 |
LA MUELA |
47 |
141 |
MARTINEZ PEREZ ANTONIO |
LA CACHURRERA |
2.006 |
676 |
676 |
LA MUELA |
47 |
44 |
MATEO JIMENO APOLINAR |
LA CACHURRERA |
1.501 |
364 |
364 |
LA MUELA |
47 |
42 |
SOLANS BARBERAN JOSE-LUIS |
LA CACHURRERA |
2.666 |
102 |
102 |
LA MUELA |
53 |
61 |
BARREIRO SORIA ANTONIO (HEREDEROS DE) (50 %) BARREIRO SORIA JESUS (HEREDEROS DE) (50 %) |
POZO DEL AHOGADO |
189 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
162 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
1.313 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
161 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
3.050 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
9009 |
PROPIEDAD PUBLICA |
CAMINO DE LA CACHURRERA |
5.089 |
244 |
244 |
LA MUELA |
47 |
160 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
16.233 |
477 |
477 |
LA MUELA |
47 |
99 |
SOLANS MANERO CARLOS |
EL BOHALAR |
6.279 |
554 |
554 |
LA MUELA |
47 |
159 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
92 |
304 |
304 |
LA MUELA |
47 |
158 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
15.690 |
1567 |
1.567 |
LA MUELA |
47 |
9007 |
PROPIEDAD PUBLICA |
CAMINO DE LA CACHURRERA |
6.521 |
0 |
0 |
LA MUELA |
52 |
9016 |
PROPIEDAD PUBLICA |
CAMINO DEL BOHALAR |
3.166 |
0 |
0 |
LA MUELA |
52 |
37 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
20.955 |
0 |
0 |
LA MUELA |
52 |
36 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
3.294 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
157 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
32.674 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
103 |
LABORDA MATEO ESTHER |
EL BOHALAR |
6.849 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
156 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
17.266 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
154 |
LABORDA MATEO ESTHER |
EL BOHALAR |
649 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
155 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
1.923 |
0 |
0 |
LA MUELA |
48 |
9005 |
PROPIEDAD PUBLICA |
CAMINO DE MONCASI |
5.350 |
0 |
0 |
LA MUELA |
48 |
9007 |
ESTADO MINISTERIO DE FOMENTO |
AUTOVÍA A-2 |
82.356 |
0 |
0 |
LA MUELA |
48 |
11 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
4.967 |
0 |
0 |
LA MUELA |
48 |
11 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
9.095 |
0 |
0 |
LA MUELA |
48 |
11 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
3.551 |
0 |
0 |
LA MUELA |
48 |
11 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
2.782 |
0 |
0 |
LA MUELA |
48 |
11 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
872 |
0 |
0 |
LA MUELA |
52 |
9004 |
PROPIEDAD PUBLICA |
AUTOVÍA A-2 |
21.245 |
0 |
0 |
LA MUELA |
52 |
34 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
6.626 |
0 |
0 |
LA MUELA |
12929 |
40 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
PL CENTRO VIA 4 Suelo |
10.497 |
0 |
0 |
LA MUELA |
48 |
6 |
BARREIRO SORIA ANTONIO (HEREDEROS DE) (50 %) BARREIRO SORIA JESUS (HEREDEROS DE) (50 %) |
EL BOHALAR |
871 |
0 |
0 |
LA MUELA |
48 |
6 |
BARREIRO SORIA ANTONIO (HEREDEROS DE) (50 %) BARREIRO SORIA JESUS (HEREDEROS DE) (50 %) |
EL BOHALAR |
1.222 |
0 |
0 |
LA MUELA |
12929 |
41 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
PL CENTRO VIA 5 Suelo |
3.479 |
0 |
0 |
LA MUELA |
49 |
9002 |
ESTADO MINISTERIO DE FOMENTO |
AUTOVÍA A-2 |
34.504 |
0 |
0 |
LA MUELA |
08856 |
01 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
CL LA HABANA(CENTRO VIA)4 Suelo |
20.482 |
0 |
0 |
LA MUELA |
48 |
3 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
344 |
0 |
0 |
LA MUELA |
48 |
3 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
737 |
0 |
0 |
LA MUELA |
48 |
3 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
360 |
0 |
0 |
LA MUELA |
48 |
3 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
1.054 |
0 |
0 |
LA MUELA |
48 |
1 |
PROMOCIONES SANTA ROSA SA |
MONCASI |
946 |
0 |
0 |
LA MUELA |
48 |
2 |
PROMOCIONES SANTA ROSA SA |
MONCASI |
922 |
0 |
0 |
LA MUELA |
48 |
9 |
PROMOCIONES SANTA ROSA SA |
MONCASI |
3.775 |
0 |
0 |
LA MUELA |
48 |
9008 |
PROPIEDAD PUBLICA |
ZONA URBANA |
1.391 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
166 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
1.157 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
152 |
SOLANS MANERO CARLOS |
EL BOHALAR |
162 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
153 |
SOLANS MANERO CARLOS |
EL BOHALAR |
333 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
165 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
243 |
0 |
0 |
LA MUELA |
52 |
9019 |
PROPIEDAD PUBLICA |
EL BOHALAR |
534 |
0 |
0 |
LA MUELA |
52 |
48 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
81 |
0 |
0 |
LA MUELA |
52 |
9017 |
PROPIEDAD PUBLICA |
EL BOHALAR |
109 |
0 |
0 |
LA MUELA |
47 |
9008 |
PROPIEDAD PUBLICA |
LA CACHURRERA |
458 |
0 |
0 |
LA MUELA |
48 |
9006 |
PROPIEDAD PUBLICA |
CAMINO MONCASI |
163 |
0 |
0 |
LA MUELA |
46 |
9999 |
PROPIEDAD PUBLICA |
80 |
0 |
0 |
|
LA MUELA |
47 |
9999 |
PROPIEDAD PUBLICA |
25 |
0 |
0 |
|
LA MUELA |
47 |
170 |
BARREIRO SORIA ANTONIO (HEREDEROS DE) (50 %) BARREIRO SORIA JESUS (HEREDEROS DE) (50 %) |
LA CACHURRERA |
0 |
3086 |
0 |
LA MUELA |
47 |
46 |
SOLANS BARBERAN JOSE-LUIS |
LA CACHURRERA |
0 |
1865 |
0 |
LA MUELA |
53 |
62 |
MARTINEZ PEREZ ANTONIO |
POZO DEL AHOGADO |
0 |
2974 |
0 |
LA MUELA |
53 |
11 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL NIÑO |
0 |
2159 |
0 |
LA MUELA |
53 |
9011 |
DESCONOCIDO |
EL NIÑO |
0 |
456 |
0 |
LA MUELA |
47 |
9005 |
DESCONOCIDO |
LA CACHURRERA |
0 |
581 |
0 |
LA MUELA |
47 |
47 |
LABORDA MATEO ESTHER |
LA CACHURRERA |
0 |
8683 |
0 |
LA MUELA |
52 |
37 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
0 |
27745 |
0 |
LA MUELA |
52 |
36 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
0 |
2106 |
0 |
LA MUELA |
47 |
155 |
AYUNTAMIENTO DE LA MUELA |
EL BOHALAR |
0 |
73879 |
0 |
LA MUELA |
52 |
9019 |
PROPIEDAD PUBLICA |
EL BOHALAR |
0 |
564 |
0 |
LA MUELA |
47 |
9015 |
PROPIEDAD PUBLICA |
VALDECUADROS |
0 |
3887 |
0 |
LA MUELA |
53 |
9006 |
PROPIEDAD PUBLICA |
CAMINO DEL POZO DEL AHOGADO |
0 |
1164 |
0 |
ZARAGOZA |
138 |
9902 |
ESTADO MINISTERIO DE FOMENTO |
AUTOVÍA A-2 |
16.200 |
0 |
0 |
ZARAGOZA |
138 |
9999 |
DOMINIO PUBLICO |
DESCUENTO |
1.101 |
0 |
0 |
ZARAGOZA |
138 |
9003 |
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA |
CAMINO TORRE TESORO |
111 |
0 |
0 |
ZARAGOZA |
138 |
9002 |
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA |
CAMINO PINSEQUE A LA MUELA |
1.763 |
0 |
0 |
ZARAGOZA |
138 |
6 |
AGIP ESPAÑA SA |
ACAMPO IBAÑEZ |
5.587 |
0 |
0 |
ZARAGOZA |
138 |
1 |
SANEDI SA |
ACAMPO IBAÑEZ |
1.476 |
0 |
0 |
ZARAGOZA |
116 |
17 |
GALP DISTRIBUCION OIL ESPAÑA SA |
LLANO SORIANO |
1.209 |
0 |
0 |
Zaragoza, 26 de mayo de 2009.- Jefe de la Demarcación.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid