Contido non dispoñible en galego
Edicto
Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente,
Hago saber: Que en el procedimiento arriba referido, se ha dictado auto de 23/2/2009 cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Parte dispositiva
1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Marcos Maldona Valles y Josefa Buigues Sala, el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciara ejecuciones singulares.
2.- Quedan sin efectos y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.
3.- Se aprueba la cuanta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 26/12/2008.
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y a los restantes acreedores reconocidos, y désele la publicidad pertinente en los términos de los artículos 23 y 24 Ley Concursal, entregando los despachos al procurador de la concursada para su diligenciamiento.
Modo de impugnación: contra esta resolución no cabe interponer recurso.
Alicante, 27 de mayo de 2009.- Secretaria Judicial.
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