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Documento BOE-B-2009-19331

PALMA DE MALLORCA.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 8 de junio de 2009, páginas 68251 a 68251 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-19331

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concusal (LC), anuncia:

Que en el procedimiento núm. 443/2005, se ha dictado auto de 20 de abril de los corrientes respecto del deudor Triay Torrent, S.L., con domicilio en calle Binimaimut, n.º 3-A, Pol. Ind. Mahón, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que debo declarar y declaro la conclusión del presente concurso, por inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables.

De igual forma cesan todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, quedando el deudor como responsable de todos los créditos no satisfechos.

Se declara la extinción de la concursada, debiendo cerrarse la hoja de inscripción, a cuyo efecto se librarán los mandamientos oportunos al Registro Mercantil.

Firme que sea la presente hágase pública el presente archivo mediante edictos que se insertarán en el tablón de anuncios de este Juzgado. Igualmente, y en dicho término, de conformidad con lo dispuesto en el art. 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamientos al Registro Mercantil para la práctica de los asientos conducentes a la constancia de esta resolución.

Se tiene aprobada la rendición de cuentas presentada por el Administrador Concursal.

Notifíquese a las partes y hágales saber que contra la misma, por mor del art. 177 no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma D. Victor Fernández González, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de esta localidad.

Palma de Mallorca, 18 de mayo de 2009.- El/La Secretario Judicial.

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