Doña Concha Ruiz García, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Murcia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal:
Que en el procedimiento número 848/08, por auto de fecha 20 de marzo de 2009, dictado por la Ilustrísima señora doña María Dolores de las Heras García, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil de Murcia y su Partido, se ha declarado en concurso a la mercantil El Universo del Color, Sociedad Limitada, con domicilio en Polígono Industrial Oeste, parcela 24.2, de San Gines (Murcia), Código de Identificación Fiscal número B-30560320, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en el mismo domicilio, habiendo los siguientes pronunciamientos:
Primero.- Que la referida Mercantil conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización ó conformidad.
Segundo.- Se nombran administradores concursales:
Don Mario Caparrós Lopez, en su condición de letrado.
Doña María Dolores Perez de los Cobos Arnao, en su condición de titulada Mercantil.
Banco Popular, en su condición de acreedor.
Tercero.- Se confiere a los acreedores del concursado el plazo de 1 mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de la última de las publicaciones de este edicto, acordadas en el Periódico "La Verdad" y Boletín Oficial del Estado, para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos, lo que se efectuará por escrito, que se presentará ante este Juzgado, sito en Murcia, Avenida 1.º de Mayo, 1, Edificio Torres Azules, Torre A, planta 1.ª, indicando los datos personales y domicilio del interesado, al que se acompañarán los títulos de crédito originales y copia de todo ello para su compulsa y devolución de dichos originales.
Cuarto.- Contra el pronunciamiento contenido en el auto declarando el concurso, podrá interponerse recurso de apelación, contra el resto de sus pronunciamientos recurso de reposición, por cualquiera que acredite interés legítimo, debiendo efectuarlo ante este Juzgado dentro del plazo de 5 días, que se contarán a partir del siguiente al de la última de las publicaciones acordadas.
Y para que el presente sirva de notificación y emplazamiento a los acreedores y, en general, para quien pudiera tener interés en personarse en las actuaciones, lo que se efectuará mediante Abogado y Procurador, libro el presente.
Murcia, 20 de marzo de 2009.- La Secretaria Judicial.
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