Edicto
Doña Concha Ruiz García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
Que en el procedimiento número 554/2008, por auto de fecha 15 de enero de 2009, se ha declarado en concurso al deudor "Promociones Lacarcel Ruiz, Sociedad Limitada", con domicilio en Calle Avenida Juan Carlos I, número 5, Bajo, Santo Ángel (Murcia), C.I.F. número B-30048862 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Murcia, habiendo recaído los siguientes pronunciamientos:
Primero.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administracion concursal.
Segundo.- Que la referida Mercantil conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.
Tercero.- Se nombran administradores concursales:
Primero - Al Abogado Don Juan Manuel Álvarez Rogel.
Segundo - Al Economista Don José Isidro Jara Rosa.
Tercero - Se disgna a ATP 2002 en quien concurre la condición de acreedor.
Cuarto.- Se confiere a los acreedores del concursado el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de la última de las publicaciones de este edicto, acordadas en el Periódico y Boletín Oficial del Estado, para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos, lo que se efectuará por escrito, que se presentará ante este Juzgado, sito en Murcia, Avenida 1º de Mayo número 1, Edificio Torres Azules, Torre A, Planta 1ª, indicando los datos personales y domicilio del interesado, al que se acompañarán los títulos de crédito originales y copia de todo ello, si se interesara el desglose de los mismos.
Quinto.- Contra el auto declarando el concurso a que se refiere el presente edicto, podrá interponerse recurso de apelación por cualquiera que acredite interés legítimo, debiendo efectuarlo ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días, que se contarán a partir del siguiente al de la última de las publicaciones acordadas.
Y para que el presente sirva de notificación y emplazamiento a los acreedores y, en general, para quien pudiera tener interés en personarse en las actuaciones, lo que se efectuará mediante Abogado y Procurador, libro el presente.
Murcia, 15 de enero de 2009.- La Secretaria Judicial.
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