Edicto
D. Reyes Gregorio López Jabalera, Secretario del Juzgado de Instrucción número 1 de Coslada,
Doy fe y testimonio:
Que en el Juicio de faltas n.º 270 /2007 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
“Don Carlos M.ª Alaíz Villafáfila, Magistrado-Juez, habiendo visto y examinado los referidos autos seguidos por presunta falta de desobediencia, en los que aparecen como denunciantes los funcionarios de la Policía Local de Mejorada del Campo A19 y A39, y como denunciado don Daniel Holinko, con NIE X-3794738-Z, siendo parte el Ministerio Fiscal, ha dictado la presente sentencia en base a los siguientes.
Fallo: Que debo condenar y condeno a don Daniel Holinko como autor responsable de una falta de desobediencia leve, a la pena de diez días de multa con cuota diaria de tres euros. Abonará las costas procesales causadas en la presente instancia.”
Y para que conste y sirva de notificación de Sentencia a Daniel Holinko, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido la presente.
Coslada, 21 de abril de 2009.- Secretario Judicial.
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