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Documento BOE-B-2009-13561

TARRAGONA.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 27 de abril de 2009, páginas 49033 a 49033 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-13561

TEXTO

Edicto

Juzgado Mercantil Primera Instancia número 7 de Tarragona (Mercantil), sobre Concurso voluntario número 20/2008.

El Secretario del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Tarragona (Mercantil),

Hace saber: Que en el Concurso voluntario número 20/08, seguido en este Juzgado a instancia de "Praxis Arquitectónica, Sociedad Limitada", se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

"Sentencia

En Tarragona, a 16 de marzo de 2009

La Ilustrísima Señora Doña María Arántzazu Ortíz González, Magistrado Titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Tarragona, ha conocido de las presentes actuaciones de concurso voluntario de la entidad "Praxis Arquitectónica, Sociedad Limitada", que ha actuado representada por el Procurador Señor Farré Lerín y defendida por los Letrados Señores Don José María Estil.les y Don José Miguel Núñez.

Fallo

Apruebo, con los efectos previstos en la ley, el convenio propuesto por la demandante concursal "Praxis Arquitectónica, Sociedad Limitada" que fué aceptado en la junta de acreedores celebrada el día 17 de diciembre de 2008, que se une por testimonio a la presente resolución, junto con testimonio del plan de pagos y del plan de viabilidad empresarial, pasando los mismos a formar parte de la presente.

Acuerdo el cese de los efectos de la declaración de concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor.

Ordeno la formación de la sección 6ª de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso, en la que será parte la administración concursal.

Notifíquese esta sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario El Mundo y librense mandamientos al Registro Mercantil para su inscripción.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que podrá prepararse por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."

Y en cumplimiento de lo acordado expido el presente en

Tarragona, 16 de marzo de 2009.- El Secretario Judicial.

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