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Documento BOE-B-2009-12705

CÓRDOBA.

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 21 de abril de 2009, páginas 45937 a 45937 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-12705

TEXTO

Edicto

El Juzgado de Primera Instancia número 9 y Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC)

Anuncia

Que en el procedimiento concursal voluntario ordinario número 24/2004 seguido en este Juzgado contra las compañías mercantiles Pavosol, Sociedad Limitada, con Codigo de Identificación Fiscal B14239008, con domicilio social en Montilla (Córdoba) y Productos Cárnicos del Guadalquivir, Sociedad Anónima, con Código de Identificación Fiscal A41939752, con domicilio social en Lucena (Córdoba); se ha dictado Auto número 54/09 de conclusión del Concurso y aprobación de la rendición de cuentas de la Administración Concursal de fecha 31 de marzo de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor siguiente:

Parte dispositiva

Debo declarar y declaro la conclusión del Concurso de Pavosol, Sociedad Limitada y Productos Cárnicos del Guadalquivir, Sociedad Anónima, seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el número 24/04 y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos.

Se acuerda la extinción de la entidad Pavosol, Sociedad Limitada y Productos Cárnicos del Guadalquivir, Sociedad Anónima y en consecuencia el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Córdoba y el cese de los administradores concursales, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme que serán entregados al procurador del solicitante.

Notifíquese la presente resolución al concursado mediante comunicación personal que acredite su recibo y a las partes personadas en el concurso haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Hágase público igualmente el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del estado y en el diario Córdoba de esta capital en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal.

Así lo acuerdo, mando y firmo, Don Fernado Caballero García, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 9 y Mercantil de Córdoba

Córdoba, 31 de marzo de 2009.- El/La Secretario Judicial.

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