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Documento BOE-B-2009-11798

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 14 de abril de 2009, páginas 43542 a 43543 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
AUDIENCIA NACIONAL
Referencia:
BOE-B-2009-11798

TEXTO

Edicto

Doña Elena Cornejo Pérez, Secretaria Judicial de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional,

Hago saber: En virtud de haberse así acordado en resolución de esta fecha dictada en el recurso Contencioso-Administrativo número 760/08 promovido a instancia de Ana María Ruiz Cutillas contra la orden del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino de fecha 17 de diciembre de 2008, aprobatoria del deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos 5442 metros de longitud, que comprende desde el extremo occidental de Cala Reona hasta Cabo de Palos, excepto la Dársena, en el término municipal de Cartagena (Murcia).

Se ordena: La publicación del presente Edicto para que tenga lugar el anuncio del presente recurso recaído en estos autos, cuya parte dispositiva es la siguiente:

"Providencia

Ilustrísimo Señor Presidente Carlos Lesmes Serrano

Ilustrísimas Señoras Magistradas Elisa Veiga Nicole. Lourdes Sanz Calvo

En Madrid, a nueve de Febrero de dos mil nueve.

Dada cuenta, el anterior escrito y documentos que se acompañan, regístrese. Se tiene por interpuesto Recurso Contencioso-Administrativo por Ana María Ruiz Cutillas contra resolución Medio Ambiente, Rural y Mar de fecha 13 de Octubre de 2008 sobre demanio publico estatal: deslindes, sin perjuicio de lo que resulte del expediente administrativo.

Tramítese el presente recurso por las normas establecidas en la Ley 29/98 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa sobre el procedimiento ordinario.

Se tiene por personada y parte al Procurada Doña María Albarracín Pascual en nombre y representación de la parte recurrente, según acredita con el poder a su favor otorgado, con quien se entenderán ésta y las sucesivas actuaciones y a quien se devolverá la escritura de poder, previo testimonio en autos.

Reclámese de la Administración demandada el expediente administrativo, que deberá ser remitido en el plazo improrrogable de veinte días, con los requisitos legales del Artículo 48 de la LJCA, debiendo proceder la Administración a practicar los emplazamientos previstos en el Artículo 49 de dicha Ley, con justificación de los emplazamientos efectuados, quedando dicha Administración emplazada de conformidad con el Artículo 50 LJCA. Hágase saber a la Administración lo dispuesto en el Artículo 38 de la citada Ley.

De conformidad con lo solicitado, procédase a la publicación del anuncio de la interposición del recurso en el Boletín Oficial del Estado. Entréguese el oficio a la Procuradora María Albarracín Pascual para que lo tramite a costa de la parte recurrente.

Se designa Ponente al Ilustrísima Señora Magistrada Doña Elisa Veiga Nicole.

Así lo acuerda la Sala y rubrica el Ilustrísimo Señor Presidente, de lo que doy fe.

El Presidente, La Secretaria Judicial".

Y para la inserción en el Boletín Oficial del Estado, expido la presente.

Madrid, 10 de febrero de 2009.- La Secretaria Judicial.

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