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Documento BOE-B-2009-11500

MURCIA.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 9 de abril de 2009, páginas 42413 a 42413 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-11500

TEXTO

 Edicto

Doña Concha Ruiz García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil de Murcia, hago saber:

Que en el auto de fecha 4 de marzo de 2009, dictado por la Iltma. Sra. Dña. María Dolores de las Heras García, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil de Murcia y su Partido, en el procedimiento número 10/09, que se sigue en este Juzgado se ha declarado en estado de concurso voluntario por el trámite abreviado a Dña. María Dolores González García, NIF número 22.946.337-L, con domicilio Avda. Miguel de Cervantes nº 60, 2º A (Murcia), habiendo recaído los siguientes pronunciamientos:

- Que la referida persona física conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal mediante su autorización  o conformidad.

- Se nombra administrador concursal:

Doña Águeda Maldonado Pérez, en su condición de letrada.

- Se confiere a los acreedores del concursado el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a la fecha de la última de las publicaciones de este edicto, acordadas en el periódico La Verdad de Murcia y Boletín Oficial del Estado, para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, lo que se efectuará por escrito, que se presentará ante este Juzgado, sito en Murcia, Avda. 1º de Mayo número 1, edificio Torres Azules, Torre A, planta 1ª, indicando los datos personales y domicilio del interesado, acompañándose los originales de los títulos de crédito que ostenten, y copia de todo ello para su compulsa y devolución de dichos originales.

- Contra el pronunciamiento contenido en el auto de declaración de concurso, podrá interponerse recurso de apelación, contra el resto de pronunciamientos recurso de reposición, por cualquiera que acredite interés legítimo, debiendo efectuarlo ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días, que se contarán a partir del siguiente al de la última de las publicaciones acordadas.

Y para que el presente sirva de notificación y emplazamiento a los acreedores y, en general, para quien pudiera tener interés en personarse en las actuaciones, lo que se efectuará mediante Abogado y Procurador, libro el presente.

Murcia, 9 de marzo de 2009.- La Secretario Judicial.

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