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Documento BOE-B-2009-11365

MADRID.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 8 de abril de 2009, páginas 42191 a 42191 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-11365

TEXTO

Edicto

Doña M.C. Sanz, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid,

Hago saber:

Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario 748/08, a instancia de la Entidad Construcciones Deportivas Castilla, S.A, representada por el Procurador doña Beatriz Sordo Gutiérrez, bajo la dirección del Letrado don David Rivera Rivera, en el que recayó Auto de fecha 19 de enero de 2009, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:

"Se declara en concurso voluntario a la entidad Construcciones Deportivas Castilla, S.A., con CIF número A-78579067, con domicilio en calle San Romualdo, 26, de Madrid"

"Se acuerda la sustanciación de este concurso por los trámites del procedimiento abreviado y se designa administrador concursal al Economista, doña Paula García Becerro de Bengoa, con domicilio en la calle Alberto Aguilera, 68, 7° C, 28015 Madrid"

“El deudor conserva, por ahora, las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas respecto a los bienes, derechos y obligaciones que hayan de integrarse en el concurso, a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad"

"Los acreedores concursales deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de quince días a contar desde la última de las publicaciones que se efectúen en cumplimiento de esta resolución"

Asimismo, por el presente, se pone en conocimiento de los acreedores y demás legitimados que deseen comparecer en el procedimiento que deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, de conformidad con el artículo 184.3 de la Ley Concursal. Sin necesidad de aparecer en forma, podrán., en su caso, comunicar créditos y formular alegaciones, así corno asistir e intervenir en la junta, todo ello sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral, incluidas las facultades atribuidas a los graduados sociales y a los sindicatos, y de las Administraciones públicas en la normativa procesal específica. (Artículo 184.6 de la Ley Concursal)

Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente

Madrid, 19 de enero de 2009.- La Secretario Judicial.

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