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Documento BOE-B-2009-10976

MADRID.

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 6 de abril de 2009, páginas 40322 a 40322 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-10976

TEXTO

La Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, Doña M.C.Sanz.

Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario número 01/09, de la entidad "Inlemar Compañía de Granitos, Sociedad Anónima", representada por el Procurador Don Fernando García Sevilla, bajo la dirección del Letrado Don Juan Ramón Alfageme Rojo, que se sustanciará por los trámites del procedimiento ordinario, en el que recayó Auto de fecha 13 de febrero de 2009, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:

"Se declara en Concurso Voluntario a la entidad "Inlemar Compañía de Granitos, Sociedad Anónima", con Código de Identificación Fiscal: A-82701764 y domicilio en Las Rozas de Madrid, en la calle Chile,10, Edificio Madrid 92."

"Se designan administradores concursales a la Abogado doña María Luisa Castañeda Pérez, con domicilio en la calle Rafael Calvo 16 piso 2ºB (28010), al Economista don Luis Pérez Gil, con domicilio en la calle Génova 3, 2º, de Madrid (28004), y al acreedor ordinario "Subcontratas y Obra Civil, Sociedad Anónima"."

"Los acreedores concursales deberán poner en conocimiento del Administrador Concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de 1 mes a contar desde la última de las publicaciones que se efectúen en cumplimiento de esta resolución."

Asimismo, por el presente, se pone en conocimiento de los acreedores y demás legitimados que deseen comparecer en el procedimiento que deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, de conformidad con el artículo 184.3 de la Ley Concursal. Sin necesidad de comparecer en forma, podrán, en su caso, comunicar créditos y formular alegaciones, así como asistir e intervenir en la junta, todo ello sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral, incluidas las facultades atribuidas a los Graduados Sociales y a los Sindicatos, y de las Administraciones públicas en la normativa procesal específica. (artículo 184.6 de la Ley Concursal).

Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

Madrid, 13 de febrero de 2009.- La Secretario Judicial.

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