Está Vd. en

Documento BOE-B-2008-56006

Anuncio de la Delegación Especial de Navarra de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por el que se anuncia subasta de bebidas alcohólicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 5 de marzo de 2008, páginas 2676 a 2677 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Subastas y concursos de obras y servicios
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2008-56006

TEXTO

El Delegado Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Navarra hace saber: Que en cumplimiento de auto judicial dictado en Diligencias Previas número 808/2007 del Juzgado de Instrucción numero 9 de Bilbao, decreta la enajenación mediante subasta de los bienes que se detallan en la relación de bienes a subastar. La subasta se celebrará el día 3 de abril de 2008, a las 10 horas en la sede de la Delegación, sita en calle Yanguas y Miranda, 31, octava planta, de Pamplona. En cumplimiento del citado auto judicial, se publica el presente anuncio y se advierte que podrán tomar parte en la subasta, las personas con aptitud legal para comerciar con los bienes objeto de la subasta. Primero: Los bienes a subastar están afectos al pago del Impuesto Especial sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas, o en su caso, al cumplimiento de las normas de circulación de dichos productos (artículos 4.20, 7.1 y 11 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, artículos 19 y siguientes del Reglamento de los Impuestos Especiales aprobado por Real Decreto 1165/1995 de 7 de julio y demás normas concordantes), todo ello de acuerdo con la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales y su normativa de desarrollo. Los adjudicatarios de los bienes subastados deberán contar con aptitud legal para comerciar con los mismos. Una vez efectuada la adjudicación de los productos, estos permanecerán en régimen suspensivo de impuestos especiales si su destino es una fábrica o un depósito fiscal situados en territorio nacional o una aduana para su exportación. Para la retirada de los productos adjudicados será condición previa la presentación del oportuno documento de acompañamiento, que deberá expedir la oficina gestora y que amparará la circulación de los productos hasta su destino. Fuera de los supuestos contemplados en el caso anterior, la oficina gestora deberá proceder a la liquidación del impuesto especial. Para la retirada de los productos adjudicados será condición previa la justificación del pago de la mencionada liquidación y la colocación de las marcas fiscales reglamentarias. La oficina gestora deberá expedir un documento autorizando y amparando la circulación de los productos adjudicados desde el lugar en el que se encontraban en el momento de la adjudicación hasta su lugar de destino. Segundo: Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de subasta hasta una hora antes del comienzo de ésta, sin perjuicio de que puedan participar personalmente en la licitación con posturas superiores a las del sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter de máximas, serán presentadas en el Registro General de la oficina donde se celebra la subasta, calle Yanguas y Miranda, 31, de Pamplona, haciéndose constar en el exterior del sobre los datos identificativos de la misma. En el sobre se incluirá, además de la oferta y el depósito constituido conforme al punto tercero, los datos correspondientes al nombre y apellidos o razón social o denominación completa, numero de identificación fiscal y domicilio del licitador. Tercero: Todo licitador habrá de constituir ante la Mesa de subasta con anterioridad a la celebración un deposito del 20 por ciento del tipo de subasta en primera licitación. El importe del depósito para cada uno de los lotes está determinado en la relación de bienes a subastar incluida en este anuncio. El depósito deberá constituirse mediante cheque que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 35.1 del Reglamento General de Recaudación. Si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, este depósito se entregará al Juzgado de Instrucción número de Bilbao, sin perjuicio de las responsabilidades en que puedan incurrir por perjuicios que origine esta falta de pago. Cuarto: En caso de que no resulten adjudicados los bienes en primera licitación, la Mesa de Subasta podrá acordar la celebración de una segunda licitación, si lo juzga procedente, fijando el nuevo tipo de subasta en el 75 por ciento del tipo de subasta en primera licitación, o bien anunciará la iniciación del tramite de adjudicación directa que se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del Reglamento General de Recaudación. Quinto: El ingreso deberá realizarse mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente que les será oportunamente facilitada, debiendo presentar en la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Navarra, Dependencia Regional de Aduanas, el justificante de la transferencia realizada. Sexto: Abierto el plazo de Adjudicación directa, se podrán presentar las ofertas en el plazo que designe la Mesa de Subastas. Se podrán presentar en sobre cerrado en el Registro General de la oficina donde se haya celebrado la subasta y deberán ir acompañadas del depósito del 20 por ciento del precio de la primera licitación. Transcurrido el plazo señalado por la Mesa de Subastas, se abrirán por la misma las ofertas presentadas, pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna de ellas se considera suficiente en ese momento. En caso contrario, se anunciará la extensión del plazo para presentación de nuevas ofertas, o mejora de las ya existentes, sin perjuicio de la validez de las ofertas presentadas hasta ese momento y así sucesivamente, con el límite total de seis meses. El precio mínimo de adjudicación directa será el tipo de subasta en primera licitación cuando no se haya considerado procedente celebrar una segunda licitación, no habrá precio mínimo. Séptimo: El tipo de subasta no incluye los impuestos indirectos que gravan la transmisión de dichos bienes. Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, serán por cuenta del adjudicatario. Relación de Bienes a subastar: Lote primero: 39.444 botellas de whisky «The Famous Grouse» de 40 grados, en envase de 0,70 litros, valoradas en 256.386 euros. Tipo de Subasta: 256.386 euros. Depósito a constituir: 51.277,20 euros. Lote segundo: 14.388 botellas whisky «Teacher`s Higland Cream», de 40 grados, en envase de 0,70 litros, valoradas en 115.104 euros. Tipo de Subasta: 115.104 euros. Depósito a constituir: 23.020,80 euros. Lote tercero: 3.312 botellas whisky «Whyte and Mackay», de 40 grados, en envase de 0,70 litros, valoradas en 33.120 euros. Tipo de Subasta: 33.120 euros. Depósito a constituir: 6.624 euros. Lote cuarto: 19.920 botellas de «Glen`s Vodka», de 37,5 grados, en envase de 0,70 litros, valoradas en 159.360 euros. Tipo de Subasta: 159.360 euros. Depósito a constituir: 31.872 euros.

Lote quinto: 60 botellas de «Ricard», de 45 grados, en envase de 1 litro, valoradas en 630 euros, más 59 botellas de «Pastis 51», de 45 grados, en envase de 1,5 litros, valoradas en 619,50 euros, más 48 botellas de «Martini Blanco», de 16 grados, en envase de 1 litro, valoradas en 235,20 euros, más 12 botellas de «Martini Rosso», de 16 grados, en envase de 0,70 litros, valoradas en 58,80 euros. Tipo de subasta: 1.543,50 euros. Deposito a constituir: 308,70 euros.

Pamplona, 21 de febrero de 2008.-El Delegado Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Navarra, Roberto Pérez Ramón.

ANÁLISIS

Tipo:
Subasta
Ámbito geográfico:
Comunidad Foral de Navarra
Materias:
301 Alimentos y bebidas,
Observaciones:
Varios lotes de suministros.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid