El Real Decreto Ley 10/2005, de 20 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños producidos en el sector agrario por la sequía y otras adversidades climáticas, en su artículo 7, apartado 1, declara de interés general determinadas obras de mejora y modernización de regadíos, figurando entre ellas las obras de «Modernización y Consolidación de Regadíos de la Junta Central de Regantes de Turis», T.M de Turis (Valencia). Dichas obras llevan implícitas las declaraciones de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y la de urgencia, a los efectos de ocupación de los bienes afectados a los que se refiere el artículo 52 de dicha Ley. Con fecha 20 de diciembre de 2007, por Resolución de la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, fue aprobado el «Proyecto Modificado de las Obras de Modernización y Consolidación de Regadíos de la Junta Central de Regantes de Turis (Valencia)». El 6 de octubre de 2008, mediante Resolución de la Subsecretaría de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, se aprueba la addenda de expropiaciones del proyecto modificado de las obras de referencia. El expediente expropiatorio se inicia por orden del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino de fecha 17 de octubre de 2008. Procede, en consecuencia, someter a trámite de información pública los bienes y derechos afectados por las expropiaciones necesarias para la ejecución de este proyecto modificado, con especificación de su naturaleza y titularidad a los efectos previstos en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa. Todos los interesados que pudieran resultar afectados como consecuencia de la expropiación podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de la subsanación de los posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes y derechos afectados. Los escritos de alegaciones se dirigirán a la entidad beneficiaria, Junta Central de Regantes de Turis, C/ Médico Muñoz, n.º 22, 46389 Turis (Valencia), disponiendo como plazo para realizar las mismas, hasta el día señalado para el levantamiento de actas previas. La relación de bienes y derechos afectados, que se adjunta, podrá examinarse, a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en las oficinas de la Junta Central de Regantes de Turis, sitas en el domicilio citado anteriormente, así como en las dependencias del Ayuntamiento de Turis. Al mismo tiempo, en aplicación del artículo 52 de la Ley de Expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954, esta Dirección General ha resuelto proceder a la convocatoria de los propietarios de los bienes y derechos afectados, para que en el día y hora que figuran en el listado adjunto comparezcan en el Ayuntamiento antes citado, al objeto del levantamiento de las actas previas a la ocupación y si procediera, las de ocupación definitiva, con desplazamiento, en su caso, a la finca afectada para la toma de datos si fuera preciso. Además de los medios antes citados, se dará cuenta del señalamiento a los interesados, mediante citación individual y a través de la inserción del correspondiente anuncio en dos diarios de la provincia, en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia», así como en el «Boletín Oficial del Estado». Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como las publicaciones correspondientes en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia», en dos diarios de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Turis, servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y aquellos de los que se ignore su paradero. Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores si fuera preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes. A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos que se expropian, personalmente o representados por persona debidamente autorizada por cualquier medio válido en derecho, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, el último recibo justificativo del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles, certificación catastral y cédula urbanística, en su caso, pudiendo hacerse acompañar, a su costa y si lo estiman oportuno, de Peritos y Notarios. Según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, durante el transcurso del acto se propondrá la adquisición de los bienes y derechos afectados de mutuo acuerdo. La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el Artículo 32.5 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.
En el presente expediente expropiatorio, la Junta central de regantes de Turis, ostenta la condición de beneficiaria.
Madrid, 4 de diciembre de 2008.-La Directora General del Agua, Marta Moren Abat.
ANEXO Relación de bienes y derechos afectados en el expediente de expropiación forzosa del «Proyecto Modificado de las Obras de Modernización y Consolidación de Regadíos de la Junta Central de Regantes de Turis (Valencia)» y su addenda Término municipal de Turis |
|||||||||
Exped. |
Pol. |
Par. |
Titular |
Afecciones (m2) |
Cult. |
Fecha |
Hora |
||
Exprop. |
Servid. |
O. Temp. |
|||||||
01-001 |
32 |
17 |
Antonio Yanes Ruiz |
2,5 |
170 |
353 |
LS |
27/01/09 |
9:30 |
01-002 |
32 |
895 |
Antonio López Aguilera |
0 |
375 |
803 |
M |
27/01/09 |
9:30 |
01-003 |
37 |
48 |
Manuel Alos Haro |
2,5 |
425 |
819 |
P |
27/01/09 |
10:00 |
01-004 |
37 |
53 |
Teresa Luján Moreno |
0 |
490 |
959 |
LS |
27/01/09 |
10:00 |
01-005 |
31 |
169 |
José Ramírez Moreno |
0 |
205 |
413 |
FS |
27/01/09 |
10:00 |
01-006 |
31 |
165 |
Benjamín Pérez Esteban |
2,5 |
250 |
365 |
FS |
27/01/09 |
10:30 |
01-007 |
31 |
166 |
Francisco Muñoz Picó |
0 |
175 |
410 |
FR |
27/01/09 |
10:30 |
01-008 |
31 |
164 |
Vicente Pilan Puchades |
0 |
85 |
172 |
OS |
27/01/09 |
10:30 |
01-009 |
32 |
47 |
Manuel González Fernández |
2,5 |
300 |
600 |
LS |
27/01/09 |
11:00 |
01-010 |
32 |
54 |
Ricardo Roser Calvet |
0 |
40 |
82 |
OS |
27/01/09 |
11:00 |
01-011 |
32 |
52 |
Daniel Palmero Palmero |
2,5 |
575 |
1.152 |
FR |
27/01/09 |
11:30 |
01-012 |
32 |
67 |
Ricardo Crespo Lozano |
0 |
550 |
1.108 |
FR |
27/01/09 |
11:30 |
01-013 |
32 |
53 |
Roberto Marabella Franco |
0 |
315 |
612 |
VR |
27/01/09 |
11:30 |
01-014 |
32 |
342 |
Gaspar Picó Almonacil |
2,5 |
435 |
470 |
VS |
27/01/09 |
12:00 |
01-015 |
32 |
182 |
Carmen García Nogueroles |
2,5 |
210 |
300 |
FR |
27/01/09 |
12:00 |
01-016 |
32 |
323 |
María Nogueroles García |
2,5 |
400 |
774 |
FR |
27/01/09 |
12:00 |
01-017 |
32 |
322 |
José Luis y Carlos Sorribes Picó |
0 |
165 |
300 |
FR |
27/01/09 |
12:30 |
01-018 |
38 |
14 |
M.ª Milagro González López |
2,5 |
355 |
390 |
LS |
27/01/09 |
12:30 |
01-019 |
32 |
341 |
Ramón Picó Gimémez |
0 |
100 |
224 |
LS |
27/01/09 |
16:30 |
01-020 |
38 |
20 |
Desconocido |
0 |
40 |
20 |
LS |
27/01/09 |
16:30 |
01-021 |
32 |
183 |
José Vicente González Conejos |
0 |
150 |
290 |
AR |
27/01/09 |
16:30 |
01-022 |
16 |
582 |
Valeriano Seligrat Martínez |
2,5 |
505 |
288 |
AS |
27/01/09 |
17:00 |
01-023 |
28 |
467 |
Francisco Tamarit Barbera |
2,5 |
669 |
1.149 |
M |
27/01/09 |
17:00 |
01-024 |
28 |
355 |
Humbelina Muñoz Pomer |
5 |
575 |
270 |
LS |
27/01/09 |
17:00 |
Cultivos: LS: Labor Secano. OS: Olivos secano. FS: Frutales Secano. VS: Viña Secano. FR: Frutales Regadío. VR: Viña Regadío. AS: Algarrobos Secano AR Agrios Regadío. P: Pastos. M: Matorral. |
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