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Habiéndose intentado notificar el acuerdo de inicio del expediente de suspensión, limitación o revocación 58/732/08, al gerente responsable de la organización de mantenimiento Parte 145 Airpal Maintenance, de conformidad con los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General practica la siguiente notificación:
El 1 de octubre de 2008, el Director General de Aviación Civil firmó el referenciado acuerdo de inicio del expediente de suspensión, limitación o revocación de la aprobación como organización de mantenimiento Parte 145 debido a los 7 incumplimientos de nivel 1 detectados durante la inspección de referencia DSV7/135/1/07, realizada a la compañía los días 17, 18, 19, 22 y 23 de octubre de 2007 en sus instalaciones de mantenimiento.
Así mismo, en el citado acuerdo de inicio se confirman las medidas provisionales adoptadas por el Director de la Oficina de Seguridad en Vuelo número 7, en fecha 12 de noviembre de 2007, de acuerdo al artículo 72 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se significa al interesado que podrá acceder al expediente completo en el despacho A-805 del Ministerio de Fomento (Paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid).
Madrid, 13 de octubre de 2008.-Coordinador de Inspección de Seguridad, Pablo Hernández-Coronado Quintero.
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