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Documento BOE-B-2008-220067

Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras por la que se aprueba el expediente de información pública y audiencia, y definitivamente el «Estudio informativo del proyecto de la línea de alta velocidad entre Bobadilla y Granada. Tramo: Bobadilla (población)-Peña de los Enamorados».

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 11 de septiembre de 2008, páginas 10559 a 10559 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2008-220067

TEXTO

1. Antecedentes:

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras de 11 de diciembre de 2003 (BOE de 17 de febrero de 2004), se aprobó definitivamente el estudio informativo del proyecto de la línea de alta velocidad entre Bobadilla y Granada, que en el tramo correspondiente a Antequera definía una actuación prácticamente de renovación de la línea existente.

Esta solución fue objeto de una gran oposición por parte del Ayuntamiento de Antequera, de la Junta de Andalucía, y de un gran número de particulares del entorno, por lo que se dictó la Resolución de 27 de julio de 2004 en el que se instaba modificar el trazado aprobado anteriormente, realizando un nuevo estudio informativo que se sometería a información pública y ambiental. Con fecha 5 de julio de 2004, la Subdirección General de Planes y Proyectos aprobó la Orden de Estudio para la redacción del «Proyecto: Línea de alta velocidad entre Bobadilla y Granada. Tramo Bobadilla (población)-Peña de los Enamorados», cuya primera fase de redacción consiste en la tramitación del correspondiente estudio informativo.

2. Objeto y desarrollo del estudio informativo:

El estudio informativo tiene por objeto la definición y el análisis de un nuevo trazado ferroviario de alta velocidad para tráfico exclusivo de viajeros entre la conexión de la línea Bobadilla-Granada con la línea Córdoba-Málaga en Antequera, hasta el entorno de la Peña de los Enamorados, ya en el término municipal de Archidona.

En el estudio, desarrollado a escala 1/5.000, se plantearon dos alternativas de trazado: Ambas con el mismo origen y final, y al norte del núcleo urbano de Antequera y de la Peña de los Enamorados, y que difieren fundamentalmente en el paso por la Vega de Antequera. La alternativa sur cruzaba la vega de Antequera al sur del Guadalhorce, a unos 200 m. al norte del trazado existente, permitía la implantación de una estación muy cercana a la actual, pero contaba con características geométricas más restrictivas. En cambio, la alternativa norte se planteaba al norte del Guadalhorce, cercana a la A-92, con parámetros de trazado más generosos, pero con un importante alejamiento de la estación. Ambas alternativas incluían también, además de los ramales de conexión hacia Córdoba con la estación de Antequera-Santa Ana, los ramales de conexión hacia Málaga con la línea Córdoba-Málaga. Durante los procesos de información pública y de audiencia se recibieron numerosas alegaciones y escritos contra ambas alternativas, por lo que se decidió redactar un estudio informativo complementario, en el que se proponía una nueva alternativa, que subsanaba las deficiencias de las alternativas anteriormente planteadas y puestas de manifiesto durante la información pública. La alternativa contenida en el estudio informativo complementario, denominada Alternativa Sur-2, es similar a la alternativa Sur inicialmente considerada, pero su trazado en su zona central es más próximo al núcleo urbano de Antequera, evitando las afecciones sobre las instalaciones de ADIPA (Asociación de Disminuidos Psíquicos de Antequera), e incluye una ubicación para la futura estación de viajeros que dé servicio a la localidad de Antequera. Asimismo se propone un nuevo trazado para los ramales de conexión hacia Málaga, más alejados del núcleo de Bobadilla. El estudio complementario, que se ha desarrollado a escala 1:5.000, se desarrolla en su totalidad en la provincia de Málaga, en los términos municipales de Antequera y de Archidona.

3. Información pública y audiencia:

Como se ha mencionado, se han realizado dos procesos de información pública y audiencia de administraciones: El primero se inició tras la publicación del correspondiente anuncio en el BOE de 6 de julio 2006, y en él se sometió a la consideración las alternativas denominadas Norte y Sur.

Recibidas las alegaciones, las principales objeciones presentadas a ambos trazados son debidas fundamentalmente a dos hechos: La proximidad del ramal de conexión Málaga a la población de Bobadilla-Pueblo, y la cercanía de la alternativa Sur a la Asociación de Discapacitados Psíquicos de Antequera (A.D.I.P.A.). El estudio informativo complementario, que desarrollaba la alternativa Sur-2, fue sometido a los procesos de información pública y audiencia mediante anuncio en el BOE de fecha 6 de julio de 2007. Con las alegaciones recibidas en los dos procesos mencionados se ha elaborado un expediente en el que se analizan todas las alegaciones e informes presentados. En este se concluye que la alternativa Sur-2 es técnica y ambientalmente la más favorable de las analizadas.

4. Evaluación de impacto ambiental:

El proceso dio comienzo con el envío del documento de inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental al Ministerio de Medio Ambiente el 27 de mayo de 2005. Las respuestas a las consultas previas efectuadas fueron recibidas el 14 de febrero de 2006.

Tras las dos informaciones públicas mencionadas en el punto anterior, los estudios informativos, que incluyen los correspondientes estudios de impacto ambiental, junto con el expediente de información pública y de audiencia de administraciones se envió al Ministerio de Medio Ambiente el 3 de marzo de 2008 para la elaboración de la preceptiva declaración de impacto ambiental. Esta se ha dictado por Resolución de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, de 9 de junio de 2008 (BOE de 9 de julio de 2008), y en ella se formula declaración de impacto ambiental favorable del estudio informativo, definido por la alternativa Sur-2, que incluye una nueva ubicación para la futura estación de viajeros que dé servicio a la localidad de Antequera, y la conexión con la línea de alta velocidad hacia Málaga denominada Conexión Málaga-2, siempre que se realicen las medidas correctoras y protectoras incluidas en el estudio de impacto ambiental y en la propia DIA.

5. Informe de la Subdirección General de Planes y Proyectos:

La Subdirección General de Planes y Proyectos elevó, con fecha 15 de julio de 2008, la propuesta de aprobación del expediente de información pública y audiencia, y definitiva del «Estudio informativo del proyecto de la línea de alta velocidad entre Bobadilla y Granada. Tramo: Bobadilla (Población)-Peña de los Enamorados».

6. Resolución:

Vista la propuesta de la Subdirección General de Planes y Proyectos de la Dirección General de Ferrocarriles sobre el estudio informativo de referencia, esta Secretaría de Estado resuelve: Primero.-Hacer constar que el expediente reseñado cumple con lo preceptuado en el artículo 10 del vigente Reglamento del Sector Ferroviario (R. D. 2387/2004).

Segundo.-Aprobar el expediente de información pública y audiencia, y definitivamente el «Estudio informativo del proyecto de la línea de alta velocidad entre Bobadilla y Granada. Tramo: Bobadilla (Población)-Peña de los Enamorados», proponiendo como alternativa a desarrollar en los proyectos constructivos la alternativa denominada Sur-2, que incluye una nueva ubicación para la futura estación de viajeros que de servicio a la localidad de Antequera, y la conexión con la línea de alta velocidad hacia Málaga denominada Conexión Málaga-2, propuestas asimismo en la declaración de impacto ambiental. Tercero.-En los sucesivos proyectos constructivos que desarrollen la solución aprobada se tendrán en cuenta las prescripciones incluidas en la mencionada declaración de impacto ambiental, formulada por Resolución de 9 de junio de 2008 de la Secretaría de Estado de Cambio Climático del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (BOE de 9 de julio de 2008). Cuarto.-Durante la redacción de los proyectos constructivos se tendrá una adecuada coordinación con otras Administraciones y entidades afectadas para la reposición de viales y servicios; de manera especial se analizará la rasante de la alineación de la estación de tal modo que se faciliten las reposiciones de viales en el entorno del núcleo urbano de Antequera.

Quinto.-La presente Resolución pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente Resolución podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de esta Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 21 de julio de 2008.-La Secretaria de Estado de Infraestructuras, Josefina Cruz Villalón.

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