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Documento BOE-B-2008-189134

COLEGIO OFICIAL DE GESTORES ADMINISTRATIVOS DE MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 6 de agosto de 2008, páginas 9445 a 9447 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2008-189134

TEXTO

Acuerdo de la Junta de Gobierno celebrada en fecha 2 de julio de 2008, por el que se aprueba la creación de ficheros de datos de carácter personal de «Colegiados», «Sociedades profesionales», «Recursos, Quejas, Denuncias y Sanciones Profesionales», «Peritos», «Dictámenes» y «Responsabilidad Civil Profesional» del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas deberá efectuarse por medio de una disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente. El Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid es una Corporación de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, conforme a lo establecido en la Ley 2/1974, de Colegios Profesionales, de 13 de febrero, modificada por Leyes 74/1978, de 26 de diciembre; 7/1997, de 14 de febrero, y Real Decreto-Ley 6/2000, de 23 de junio, y en su Estatuto propio, aprobado en Junta general de 21 de marzo de 2002. Como Corporación de derecho público y en los términos que figuran en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, en Sentencias como las de 20/1988 y 87/1989, corresponden al Consejo General o Colegio Oficial el ejercicio de todas aquellas funciones de interés público que directamente y en relación con la Profesión por el legislador le sean encomendadas o bien le sean delegadas por la Administración. Entre las indicadas funciones corresponden al Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid, en el ámbito de su competencia, entre otras, la representación exclusiva de todos los Gestores Administrativos que realicen su actividad profesional en el ámbito territorial de las provincias de Ávila, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Segovia y Madrid, así como la defensa de sus intereses profesionales, la ordenación de la actividad profesional, velando por la ética y dignidad profesional y el respeto debido a los derechos de los particulares, el ejercicio de la facultad disciplinaria en el orden profesional y colegial y la adopción de todas aquellas medidas conducentes a evitar el intrusismo profesional. En su virtud, previo informe favorable de la Agencia Española de Protección de Datos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid, en sesión celebrada el día 2 de julio de 2008 acuerda por mayoría, la aprobación de la disposición de creación de ficheros de titularidad pública de carácter personal de la Corporación, en los siguientes términos:

Artículo 1. Se crean los ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública responsabilidad del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid que se relacionan en los Anexos de la presente disposición y que deberán adecuarse a los términos y condiciones previstos en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y disposiciones de desarrollo, en particular a las prescripciones establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Artículo 2. El Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid como responsable de los ficheros y tratamientos deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar que los datos de carácter personal existentes en los mismos se usan para las finalidades y funciones de derecho público que tiene encomendadas y reconocidas en la Ley de Colegios Profesionales 2/1974, de 13 de febrero y demás normativa de carácter general o sectorial que afecte a la profesión, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Artículo 3. Los profesionales afectados podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación, ante la Secretaría del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid, en la sede oficial de la Corporación, en Madrid, calle Jacometrezo, número 3, 28013 Madrid. Artículo 4. Delegar en la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid la creación de aquellos nuevos ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública que, en su caso, resulten necesarios para el ejercicio de las finalidades y funciones públicas propias del Colegio, de acuerdo con la Ley de Colegios Profesionales y la Ley de Protección de Datos. Asimismo se delega en la indicada Junta de Gobierno la modificación o supresión de todos los ficheros de titularidad pública de responsabilidad del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid.

Disposición final primera.-De la presente disposición se dará traslado a la Agencia Española de Protección de Datos, conforme a lo establecido en el art. 39.2 a) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), que dispone que serán objeto de inscripción en el Registro General de Protección de Datos los ficheros de los cuales sean titulares las Administraciones Públicas. Asimismo, y en el artículo 55.1 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos, se señala que «todo fichero de datos de carácter personal de titularidad pública será notificado a la Agencia Española de Protección de Datos por el órgano competente de la Administración responsable del fichero para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, en el plazo de treinta días desde la publicación de su norma o acuerdo de creación en el diario oficial correspondiente».

Disposición final segunda.-La presente disposición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 14 de julio de 2008.-El Presidente, Gonzalo Millán del Pozo Portillo.-48.246.

Anexo I Fichero: Colegiados Fichero que contiene datos de carácter personal y de actividad de los Profesionales. Usos y fines:

Registro de colegiados.

Control de títulos, de ejercicio profesional y especialización. Acreditación de la habilitación profesional de los colegiados. Control de incompatibilidades profesionales. Registro de cargos corporativos. Gestión de cuotas colegiales. Emisión de certificaciones y acreditaciones relacionadas con el ejercicio de potestades jurídicopúblicas. Envío de comunicaciones vinculadas con el ejercicio de potestades de derecho público. Fines científicos, históricos y estadísticos. Mediación y arbitraje. El ejercicio de cualquier otra potestad estatutaria de derecho público.

Colectivo afectado: Profesionales y sus cónyuges.

Procedimiento de recogida de datos: Documental, a través de fichas de adscripción. Procedencia de los datos: Del propio interesado.

Estructura básica y tipos de datos:

Datos identificativos: Nombre y apellidos, DNI/NIF, pasaporte y/o permiso de residencia, direcciones profesionales (incluye teléfono, fax, email y web, en su caso) y dirección particular, así como datos identificativos del cónyuge, en su caso, a los efectos de declaración de no ejercicio de empleo en la Administración pública en virtud de la legislación vigente en materia de incompatibilidades para el ejercicio de la profesión por su cónyuge.

Datos de características personales: Fecha, lugar de nacimiento, estado civil y sexo. Datos académicos y profesionales: Fecha de alta, y, en su caso, cambios, modificaciones, comunicaciones de ejercicio profesional en distinto ámbito territorial al del colegio de adscripción y baja colegial, forma de acceso, título, especialidad y número de empleados, número de colegiado, cargos corporativos, situación de ejercicio, emisión de carné, circunstancias afectantes a la habilitación profesional e incompatibilidades y fecha de reincorporación, en su caso. Datos económico-financieros y de seguros: Datos bancarios, régimen de previsión social, seguro de responsabilidad civil y seguro de vida. Sistema de tratamiento: Mixto. Cesiones previstas:

Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España y Colegios Oficiales de la misma Profesión.

Órganos jurisdiccionales. Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, Local e Instituciones de carácter público competentes para el ejercicio de competencias similares o cuando así lo establezca una ley. Compañías aseguradoras a efectos de contratación del seguro obligatorio de Responsabilidad profesional. Cualquier otra que resulte de la normativa vigente, con rango de ley. Responsable del fichero: Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid. Unidad o Servicio ante la que se puede ejercitar el Derecho de Acceso: Secretaría del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid. Medidas de Seguridad: Nivel básico. Anexo II Fichero: Registro de sociedades profesionales Fichero con datos personales necesarios para la gestión y llevanza del Registro de Sociedades Profesionales del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid. Usos y fines: Gestion y llevanza del Registro de Sociedades Profesionales previsto en la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales por parte del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid. Colectivo afectado:

Socios, Administradores y representantes de las Sociedades Profesionales que deban inscribirse en el Registro del Ilustre Colegio de Gestores Administrativos de Madrid.

Notarios autorizantes de las escrituras de consittución o modificación del contrato social. Procedimiento de recogida de datos:

Comunicación del Registro Mercantil.

Documental.

Procedencia de los datos:

Del propio interesado.

Del Registro Mercantil.

Estructura básica y tipos de datos:

Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos, DNI/NIF y dirección (postal y electrónica).

Datos académicos y profesionales: Indicación de la condición o no de socio profesional, Colegio Profesional al que pertenece, número de colegiado, indicación de la habilitación actual para el ejercicio profesional, condición de administrador o representante de la sociedad. Otros datos: Restantes menciones exigidas por la normativa vigente para la inscripción registral de la forma societaria de que se trate. Sistema de tratamiento: Mixto.

Cesiones previstas:

Ministerio de Justicia.

Otros Órganos de la Comunidad Autónoma.

Responsable del fichero: Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid.

«Unidad o Servicio ante la que se puede ejercitar el Derecho de Acceso: Secretaría del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid. «Medidas de Seguridad: Nivel básico. Anexo III Fichero: Recursos, quejas, denuncias y sanciones profesionales Fichero que contiene datos personales y profesionales de los colegiados en relación con quejas, denuncias, informaciones reservadas y expedientes disciplinarios, con arreglo a la legislación de Colegios Profesionales y a su Estatuto. Usos y fines:

Registro de reclamaciones, quejas y/o denuncias presentadas frente actuaciones de los profesionales colegiados.

Control de tramitación y resolución de quejas y denuncias. Control deontológico y disciplinario del ejercicio profesional. Gestión y control de tramitación de expedientes. Gestión y control de recursos relacionados con la tramitación de expedientes en vía administrativa y jurisdiccional. Emisión de certificaciones. Cumplimiento y ejecución de resoluciones y sentencias.

Colectivo afectado: Profesionales colegiados, denunciantes, interesados y profesionales no colegiados, en los casos de intrusismo profesional.

Procedimiento de recogida de datos: Documental o telemática procedentes de denuncias o reclamaciones relacionadas con el procedimiento. Procedencia de los datos: Del denunciante o de Administraciones Públicas. Estructura básica y tipos de datos: Datos relativos a infracciones: Datos referentes a diligencias informativas, tramitación de expedientes y cumplimiento y ejecución de resoluciones y sentencias. Datos identificativos: Nombre y apellidos, D.N.I., dirección a efectos de notificaciones y datos identificativos de denunciantes, interesados y profesionales no colegiados, en los casos de expedientes de intrusismo profesional. Datos académicos y profesionales: Adscripción colegial, número de colegiado, modalidad de ejercicio y especialización. Datos económico-financieros: Domiciliación bancaria. Sistema de tratamiento: Mixto. Cesiones previstas:

Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España y Colegios Oficiales de la misma Profesión.

Consejos y Colegios de otras profesiones, cuando sea para el ejercicio de competencias similares o cuando así se disponga en una ley. Órganos jurisdiccionales. Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, local e instituciones de carácter público competentes, para el ejercicio de competencias similares o cuando así lo establezca una ley. Interesados legítimos. Cualquier otra que resulte de la normativa vigente con rango de ley.

Responsable del fichero:

Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid.

Unidad o servicio ante la que se puede ejercitar el derecho de acceso: Secretaría del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid. Medidas de seguridad: Nivel medio. Anexo IV Fichero: Peritos Fichero que contiene datos personales y profesionales de los colegiados que desempeñan funciones de Peritos, judiciales y extrajudiciales y publicación de la lista de peritos. Usos y fines: Gestión de profesionales que desempeñan funciones periciales. Colectivo afectado: Profesionales colegiados que han solicitado su inclusión en la lista anual de Peritos confeccionada por el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid. Procedimiento de recogida de datos: Documental a través de fichas de adscripción. Procedencia de los datos: Del propio interesado. Estructura básica y tipos de datos:

Datos identificativos: Nombre y apellidos, domicilio profesional, teléfonos, fax, email y número de colegiado.

Datos académicos y profesionales: Especialidades profesionales o formación específica y años de experiencia. Sistema de tratamiento: Mixto. Cesiones previstas:

Unión Interprofesional de la Comunidad de Madrid.

Administración de Justicia. Particulares interesados en la contratación de los servicios periciales de los colegiados incluidos en el fichero de Peritos. Responsable del fichero: Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid. Unidad o servicio ante la que se puede ejercitar el derecho de acceso: Secretaría del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid. Medidas de seguridad. Nivel básico. Anexo V Fichero: Dictámenes Fichero que contiene datos personales y profesionales de los colegiados en relación con la impugnación sobre los honorarios emitidos por ellos, así como datos personales de los impugnantes de dichos honorarios. Usos y fines previstos: Gestión y control de dictámenes y consultas sobre honorarios. Personas afectadas: Colegiados a los que se les ha impugnado su minuta de honorarios e impugnantes. Procedimiento de recogida de datos:

El Órgano jurisdiccional del que procede el asunto.

Los interesados de forma directa. Personal propio del Colegio.

Procedencia de los datos: Del denunciante o de Administraciones Públicas.

Estructura básica y tipos de datos: Datos identificativos: Nombre y apellidos de impugnante e impugnado, DNI/NIF, dirección (postal y electrónica), teléfono y fax. Otro tipo de datos: Número de colegiado, número de dictamen, órgano jurisdiccional en que se está tramitando el asunto, fechas de remisión y resolución, asunto, ponente encargado de informar a la Junta, resolución, minuta a recibir por el Colegio por la emisión del dictámen. Sistema de tratamiento: Mixto. Cesiones previstas:

Órgano jurisdiccional competente.

Notarios. Abogados y Procuradores. Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España, en el caso de quejas, denuncias o recursos. Interesados legítimos. Terceros (cliente e impugnante), en caso de arbitraje. Responsable del fichero: Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid. Unidad o servicio ante el que se puede ejercitar el derecho de acceso: Secretaría del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid. Medidas de seguridad: Nivel básico. Anexo VI Fichero: Responsabilidad civil profesional Fichero que contiene datos personales de los gestores administrativos colegiados que son necesarios para la gestión, tramitación y seguimiento de las reclamaciones interpuestas contra ellos por particulares con motivo de negligencias profesionales, así como para la gestión, tramitación y seguimiento de las declaraciones de siniestro realizadas por los propios colegiados. Usos y fines previstos: Registro, seguimiento y tramitación de reclamaciones por responsabilidad civil profesional contra colegiados, así como de las declaraciones de siniestro que efectúen los propios colegiados. Personas afectadas: Colegiados y reclamantes. Procedimiento de recogida de datos:

El propio interesado.

Compañías aseguradoras. Órganos jurisdiccionales, en su caso.

Procedencia de los datos:

Del denunciante.

De Administraciones públicas. Del propio colegiado.

Estructura básica y tipos de datos:

Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos, DNI/NIF, domicilio profesional y número de colegiado.

Datos económico-financieros y de seguros: Datos bancarios, datos de seguro de responsabilidad civil. Otro tipo de datos: Datos relativos al asunto concreto de que se trata, actuaciones, trámites y gestiones realizadas, así como la resolución y las posibles actuaciones judiciales derivadas. Sistema de tratamiento: Mixto. Cesiones previstas:

Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España y Colegios Oficiales de la misma Profesión.

Certificaciones interesadas por los Juzgados y Tribunales. Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, local e instituciones de carácter público competentes para el ejercicio de competencias similares o cuando así lo establezca una ley. Entidades aseguradoras. Interesados legítimos.

Responsable del fichero: Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid.

Unidad o servicio ante el que se puede ejercitar el derecho de acceso: Secretaría del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid.

Medidas de seguridad: Nivel medio.

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