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Documento BOE-B-2008-186084

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autorizan a Endesa Distribución Eléctrica, S.L., la línea eléctrica subterránea a 220 kV, denominada «Subestación Centenario-Subestación Virgen del Rocío», en la ciudad de Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 2 de agosto de 2008, páginas 9275 a 9276 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2008-186084

TEXTO

Visto el expediente incoado en Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, a instancia de Endesa Distribución Eléctrica, S.L., con domicilio a efectos de notificaciones en Sevilla, avenida de la Borbolla n.º 5, solicitando autorización administrativa y aprobación de proyecto de la instalación que se cita. Resultando que a los efectos previstos en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se ha sometido a información pública la petición de Endesa Distribución Eléctrica S.L., no recibiéndose alegaciones. Resultando que, con fecha 3 de mayo de 2006 se remite una separata del proyecto a la empresa Auna Cable, solicitando conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo. No se recibe respuesta, por lo que con fecha 6 de junio de 2006 se reitera la petición, no recibiéndose respuesta en el periodo establecido por lo que se considera evacuado el informe en sentido favorable en aplicación del Real Decreto 1955/200, de 1 de diciembre. Resultando que remitida con fecha 2 de mayo de 2006 a la empresa EMASESA una separata del proyecto por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno de Sevilla y solicitada conformidad, oposición o reparos, y en su caso,la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes y derechos a su cargo; se recibe con fecha 29 de mayo de 2006 respuesta de EMASESA en el que se manifiestan condicionados técnicos; remitido este informe con fecha 31 de mayo de 2006 por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Sevilla a Endesa Distribución Eléctrica, S.L., a fecha de 7 de julio de 2006, se recibe en el Área de Endesa Distribución S.L. manifestando su conformidad. Resultando que remitida con fecha 3 de mayo de 2006 a la empresa Gas Natural Andalucía S.A. una separata del proyecto por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla y solicitada conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a los bienes o derechos a su cargo; se recibe con fecha 19 de mayo de 2006 respuesta de Gas Natural Andalucía S.A., en la que se remiten condicionados técnicos y planos; remitido este informe con fecha 31 de mayo de 2006 por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Sevilla a Endesa Distribución S.L., a fecha de 7 de julio de 2006, se recibe escrito en el Área de Endesa Distribución S.L. manifestando su conformidad. Resultando que remitida con fecha 3 de mayo de 2006 a la empresa ADIF una separata del proyecto por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla y solicitada conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a los bienes o derechos a su cargo; se recibe con fecha 1 de junio de 2006 respuesta de ADIF en la que se manifiestan condicionados técnicos; remitido este informe con fecha 6 de junio de 2006 por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Sevilla a Endesa Distribución Eléctrica S.L., a fecha de 2 de agosto de 2006, se recibe escrito en el Área de Endesa Distribución Eléctrica, S.L., manifestando su conformidad. Resultando que remitida con fecha 2 de mayo de 2006 a la empresa Telefónica de España, S.A.U. una separata del proyecto por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla y solicitada conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a los bienes o derechos a su cargo; se recibe con fecha 24 de mayo de 2006 respuesta de Telefónica de España, S.A.U., en la que se manifiestan condicionados técnicos; remitido este informe con fecha 31 de mayo de 2006 por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Sevilla a Endesa Distribución Eléctrica S.L., a fecha de 7 de julio de 2006, se recibe escrito en el Área de Endesa Distribución S.L., manifestando su conformidad. Resultando que remitida con fecha 2 de mayo de 2006 a la empresa Vodafone una separata del proyecto por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla y solicitada conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a los bienes o derechos a su cargo; no se recibe respuesta, por lo que con fecha 6 de junio de 2006 se reitera la petición no recibiéndose respuesta en el periodo establecido por lo que se considera evacuado el informe en sentido favorable en aplicación del Real Decreto 1955/200, de 1 de diciembre. Resultando que remitida separata al Ayuntamiento de Sevilla solicitando informe de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y a efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003 reguladora del contrato de concesión de obras públicas, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo; se reciben respuestas del ayuntamiento de Sevilla, en las que se manifiestan su conformidad con el planeamiento urbanístico y se establecen condicionados técnicos. Se remiten informes al peticionario recibiéndose respuesta de éste manifestando su conformidad. Resultando que remitida con fecha 20 de julio de 2007 a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir una separata del proyecto por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla y solicitada conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a los bienes o derechos a su cargo; no se recibe respuesta, por lo que con fecha 11 de septiembre de 2007 se reitera la petición. No se recibe repuesta en el periodo establecido, por lo que se considera evacuado el informe en sentido favorable en aplicación del Real Decreto 1955/200, de 1 de diciembre. Resultando que se remite, con fecha 24 de julio de 2007, a la Demarcación General de Costas de Andalucía Occidental de la Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente una separata del proyecto solicitando conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a los bienes o derechos a su cargo. Se recibe respuesta de este organismo con fecha 2 de agosto de 2007, en la que se manifiesta que no afecta a los bienes de dominio público marítimo terrestre de ese servicio de costas y que existe la posibilidad de que «el asunto concierna a la Autoridad Portuaria de Sevilla». Remitido este informe a Endesa Distribución Eléctrica S.L. esta manifiesta su conformidad. Resultando que se remite, con fecha 20 de julio de 2007, a la Autoridad Portuaria de Sevilla una separata del proyecto solicitando conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a los bienes o derechos a su cargo. No se recibe respuesta, por lo que el 11 de septiembre de 2007 se reitera la petición, recibiéndose respuesta de este organismo con fecha 12 de noviembre de 2007 en el que se manifiesta que no existe inconveniente. Remitido este informe a Endesa Distribución Eléctrica S.L. esta manifiesta su conformidad. Resultando que se remite una separata del proyecto, con fecha 20 de julio de 2007, a la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, solicitando conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a los bienes o derechos a su cargo. No se recibe respuesta, por lo que el 11 de septiembre de 2007 se reitera la petición, recibiéndose respuesta de este organismo con fecha 18 de septiembre de 2007 en el que se manifiesta que no existe inconveniente. Remitido este informe a Endesa Distribución Eléctrica S.L. esta manifiesta su conformidad. Resultando que se remite, con fecha 20 de julio de 2007, a la Diputación Provincial de Sevilla una separata del proyecto solicitando conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a los bienes o derechos a su cargo. Se recibe respuesta de este organismo con fecha 21 de agosto de 2007 en el que se manifiesta que este proyecto no afecta a ninguna carretera titularidad de esa Diputación Provincial de Sevilla. Remitido este informe a Endesa Distribución Eléctrica S.L. esta manifiesta su conformidad. Resultando que se remite, con fecha 20 de julio de 2007, a la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental una separata del proyecto solicitando conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo. Se recibe respuesta de este organismo con fecha 22 de agosto de 2007 en el que se manifiesta que este proyecto no afecta a ninguna carretera titularidad de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental. Remitido este informe a Endesa Distribución Eléctrica S.L. esta manifiesta su conformidad. Resultando que remitida, con fecha 20 de julio de 2007, a la Consejería de Obras Publicas y Transporte de la Junta de Andalucía una separata del proyecto solicitando conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a los bienes o derechos a su cargo; no se recibe respuesta, por lo que con fecha 11 de septiembre de 2007 se reitera la petición no recibiéndose respuesta en el periodo establecido por lo que se considera evacuado el informe en sentido favorable en aplicación del Real Decreto 1955/200, de 1 de diciembre. Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla. Visto el informe favorable emitido por la Comisión Nacional de Energía, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada con fecha 7 de abril de 2008. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Capítulo II y V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas. Resultando que la citada línea eléctrica se encuentra incluida en el documento denominado «Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas 2002-2011. Revisión 2005-2001» de marzo de 2006, aprobado por el Consejo de Ministros el 31 de marzo de 2006. Considerando que la construcción de la citada línea contribuirá a atender a creciente demanda energética de la zona y a mejorar la calidad de suministro. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar a ENDESA Distribución Eléctrica S.L., la línea eléctrica subterránea a 220 kV, denominada «Subestación Centenario-Subestación Virgen del Rocío», en la ciudad de Sevilla, cuyas características principales son: Origen: Subestación eléctrica «Centenario».

Final: Subestación eléctrica «Virgen del Rocío». Término municipal afectado: Sevilla. Longitud: 5.315 m. Tipo: Línea subterránea. Tensión: 220 kV. Frecuencia: 50 Hz. Conductores de fase: XLPE 1x2.000 mm2 de cobre. Cable de tierra: H200 mm2 de cobre. Conexionado de pantallas: cross bonding y single point. Zanja con solera de hormigón de 10 cm de espesor. Uno o dos tributos (según el tramo) de polietileno de doble capa para los cables de potencia, tubos de polietileno simple capa para los cables de comunicaciones de fibra óptica. Capacidad de transporte:

«Tramo calle Rábida-SE Virgen del Rocío: 585 MVA.

«Tramo calle Rábida-Puente del santísimo Cristo de la expiración: 596 MVA. La finalidad de la Línea es contribuir a atender a la creciente demanda energética de la zona y a mejorar la calidad de suministro conectando la futura subestación eléctrica de «Virgen del Rocío» con la subestación eléctrica «Centenario» en el término municipal de Sevilla.

Contra la Presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 9 de abril de 2008.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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