Desconociéndose el actual domicilio de don José Luis González Farráis, por no hallársele en el de la calle Mastelero, n.º 4, 4.º B, de Madrid, se le hace saber que, recaída Resolución del Director General Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, con fecha 24 de junio de 2002, confirmada por la Sentencia n.º 893, de 30 de mayo de 2006, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Novena), del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el expediente incoado para el ejercicio del desahucio de la vivienda militar antes citada, se ha formulado por aquella Autoridad, con fecha 5 de junio de 2008, Requerimiento previo de desalojo, de conformidad con lo prevenido en el artículo 95 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, a cuyo efecto se le requiere para que, en un plazo máximo de quince días, a partir del siguiente al de la presente publicación, manifieste expresamente si consiente, o no, la entrada en su domicilio de la calle Mastelero, n.º 4, 4.º B, de Madrid, al efecto de proceder al lanzamiento. Si transcurrido el plazo señalado, no se recibe en este Instituto su autorización, se entenderá denegada a efectos de solicitar la autorización judicial de entrada en la vivienda militar.
Madrid, 12 de junio de 2008.-La Jefe de la Subunidad, Cristina Úbeda Murillo.
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