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Documento BOE-B-2007-58122

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la línea eléctrica aérea a 220 kV, de «Entrada y Salida en la subestación de Telledo desde la línea Soto-Compostilla, tramo La Pereda-Villablino», en el término municipal de Lena (Asturias).

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 8 de marzo de 2007, páginas 2676 a 2677 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2007-58122

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Asturias, a instancia de «Hidrocantábrico Distribución Eléctrica Sociedad Anónima Unipersonal», con domicilio en Oviedo, Plaza de la Gesta número 2, solicitando la autorización administrativa de la instalación que se cita. Resultando que a los efectos previstos en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se ha sometido a información pública la petición de «Hidrocantábrico Distribución Eléctrica Sociedad Anónima Unipersonal», no presentándose alegación alguna al proyecto. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de Lena, solicitando su conformidad u oposición a la autorización solicitada, a los efectos del artículo 127 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas; no se recibe respuesta por parte de dicho Ayuntamiento, por lo que se considera evacuado el informe en sentido favorable en aplicación de la citada normativa. Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Asturias. Visto el escrito de «Hidrocantábrico Distribución Eléctrica Sociedad Anónima Unipesonal» y «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», de fecha 10 de julio de 2006, en el cual solicitan que «continúe la tramitación de la solicitud de Autorización Administrativa de la instalación referida a nombre de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», otorgando en su momento, y tras la tramitación oportuna, la Autorización Administrativa del Anteproyecto de la línea aérea de alta tensión 220 kV a Subestación Telledo (Lena) a nombre de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima». Visto el informe emitido por la Comisión Nacional de Energía, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada con fecha 29 de noviembre de 2006. Considerando que con el fin de suministrar energía a la variante ferroviaria del Pajares, «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», prevé la construcción de una Subestación transformadora de 220/20 kV en el término municipal de Lena (Asturias), que se conectará a la Red de Transporte en la actual línea Soto-Compostilla, tramo La Pereda-Villablino, y que para realizar dicha conexión, es preciso la construcción de la líneade entrada/salida objeto de esta autorización. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Capítulo II del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» la instalación de la línea eléctrica aérea a 220 kV de «Entrada y salida en la subestación de Telledo desde la línea Soto-Compostilla, tramo La Pereda-Villablino», en el término municipal de Lena (Asturias), cuyas características principales son: Número de circuitos: Dos trifásicos.

Número de conductores por fase: Uno (simples). Conductores: De aluminio-acero, tipo CONDORLA-455. Cables de tierra: con fibra óptica incorporada, tipo OPGW (acero recubierto de aluminio), dispuestos en cúpula sobre los conductores. Aislamiento: Cadenas horizontales de aisladores formadas por doble columna de 15 elementos de vidrio tipo E120P/146 (VICASA) (U120P BS). Apoyos: Metálicos galvanizados de celosía, de las series GRAN CONDOR y CONDOR, del fabricante IMEDEXSA. Cimentaciones: de patas separadas (4). Puesta a Tierra: formadas por un anillo de cuatro picas de acero cobrizado (2000 centímetros x 18 centímetros/ 300 micras de recubrimiento electrolítico) unidas entre sí y con todos los montantes del apoyo, a base de cable desnudo de cobre de 50 milímetros cuadrados de sección. Tramo 1.

Origen: Apoyo 2 PDAVIB352 de la línea Soto-Compostilla.

Final: Apoyo 2PDAVIB354 de la línea Soto-Compostilla. Apoyos: La variante a realizar consiste en intercalar un apoyo (N.º 53), en sustitución del actual apoyo 2PDAVIB353, bajo la traza de la línea existente en dirección a Villablino. Longitud: 436 metros.

Tramo 2.

Origen: Nuevo apoyo número 53 a instalar en el tramo 1.

Final: Futura subestación de Telledo. Apoyos: Se instalarán 2 nuevos apoyos. Longitud: 392 metros.

Esta línea de doble circuito constituye la Entrada / Salida en la nueva Subestación Transformadora de Telledo. La red de Transporte en la que se intercala dicha subestación tendrá los siguientes tramos: Pereda-Telledo y Telledo-Villablino.

La finalidad de la línea es conectar a la Red de Transporte la Subestación Transformadora de Telledo, la cual alimentará a la variante ferroviaria del Pajares. «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» presentará ante el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Asturias, el Proyecto de Ejecución de la instalación que se autoriza, elaborado conforme a los Reglamentos técnicos en la materia, y en forma de separata aquellas partes del proyecto que afecten a bienes, instalaciones, obras o servicios, de zonas dependientes de otras Administraciones para que éstas establezcan el condicionado técnico procedente. El plazo para presentar la solicitud de Aprobación del Proyecto de Ejecución será de 12 meses a partir de la notificación de esta Resolución, transcurrido el cual sin haberse realizado la solicitud, se producirá la caducidad de esta Autorización, pudiendo solicitar el peticionario, por razones justificadas, prórrogas del plazo establecido, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 128.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Señor Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 14 de febrero de 2007.-El Director General de Política Energética y Minas, Jorge Sanz Oliva.

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