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El Tribunal Económico-Administrativo Central, en Sala, en el recurso de alzada interpuesto por don Bautista Rodríguez Díaz, contra el acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Galicia, de 28 de octubre de 2002, expedientes n.º 32/759/99 y 32/895/99 por el concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al ejercicio 1996, acuerda desestimar el recurso de alzada interpuesto, confirmando el Acuerdo del Tribunal Regional impugnado.
Madrid, 10 de agosto de 2007.-El Secretario general, Juan Lozano Beltra.
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