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Documento BOE-B-2007-15082

FUNDACIÓN LUIS VIVES

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 2007, páginas 571 a 572 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2007-15082

TEXTO

Resolución del Director General de la Fundación Luis Vives por la que se aprueban las ayudas de la convocatoria Final y Extraordinaria Fundación Luis Vives-Fondo Social Europeo, en el marco de la Subvención Global del programa Operativo de Lucha contra la Discriminación (2000-2006)

De conformidad con lo establecido en el artículo 7.3 de las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Fondo Social Europeo en el marco de la Subvención Global del Programa Operativo de Lucha contra la Discriminación (2000-2006), publicadas el 8 de agosto de 2001, y modificaciones posteriores de las mismas, publicadas el 9 de mayo de 2002, el 30 de diciembre de 2003, el 22 de octubre de 2004, el 2 de octubre de 2005 y el 28 de septiembre de 2006, teniendo en cuenta la propuesta realizada por el Comité de Valoración, esta Dirección General, en uso de las atribuciones que le están conferidas, resuelve:

Artículo 1.

Conceder las ayudas correspondientes a la convocatoria final y extraordinaria a las entidades relacionadas a continuación y por las cuantías reflejadas: Nombre de la entidad; número de proyecto; total financiación concedida; financiación objetivo 1; financiación objetivo 3. Las entidades subvencionadas en el eje de Cualificación-Redes son las siguientes:

Asociación Intersocial de Recuperadores y Empresas Sociales, AIRES; CAT849/07; 24.529,37 €; 0 €; 24.529,37 €; Comité Ciudadano Antisida C.V.; PR823/07; 40.973,40 €; 17.860,20 €; 23.113,20 €; Consorcio de Entidades para la Acción Integral con Migrantes, CEPAIM; PR828/07; 35.856,96 €; 18.263,92 €; 17.593,04 €; Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica, COCEMFE; PR821/07; 40.586,44 €; 31.567,23 €; 9.019,21 €; Federación Española de Instituciones para el Sindrome de Down, FEISD; PR822/07; 36.575,00 €; 34.725,00 €; 1.850,00 €; Asociación para el Estudio y la Promoción del Bienestar, PROBENS; PR825/07; 18.020,00 €; 3.060,00 €; 14.960,00€; Tejido de Entidades Sociales por el Empleo, RED ARAÑA; PR820/07; 50.464,80 €; 43.255,54 €; 7.209,26 €; Adoratrices Proyecto Esperanza; PR816/07; 27.000,00 €; 0 €; 27.000,00 €; Fundación Tomillo; MA819/07; 26.015,27 €; 0 €; 26.015,27 €; Fundación San Ezequiel Moreno; AR832/07; 44.613,75 €; 0 €; 44.613,75 €; ­Cooperación Internacional; MA817/07; 49.431,11 €; 0 €; 49.431,11 €; Fundación Proyecto Hombre Navarra; PR830/07; 40.391,92 €; 0 €; 40.391,92 €.

Las entidades subvencionadas en el eje de Calidad-NNTT son las siguientes:

Associació Social Andròmines; AP CAT187/07; 30.306,42 €; 0 €; 30.306,42 €; Asociación para la Capacitación y la Integración Sociolaboral de las Personas Discapacitadas, ACIS; AP CAT175/07; 2.247,69 €; 0 €; 2.247,69 €; Associació de Paraplègics i Discapacitats Fisics de Lleida, ASPID; AP CAT154/07; 2.176,29 €; 0 €; 2.176,29 €; Fundación Barberá Promoció; AP CAT184/07; 22.968,36 €; 0 €; 22.968,36 €; Asociación de Paraplégicos y Grandes Minusválidos Físicos de la Comunidad de Madrid, ASPAYM MADRID; AP MA176/07; 5.435,00 €; 0 €; 5.435,00 €; Fundación Radio Ecca; AP PR170/07; 41.465,60 €; 31.908,47 €; 9.557,13 €; Fundación Centro Español de Solidaridad, CES; AP MA158/07; 17.119,92 €; 0 €; 17.119,92 €; Minusválidos Físicos Asociados, MIFAS; AP CAT150/07; 9.465,60 €; 0 €; 9.465,60 €; Asociación Para El Fomento Del Empleo-Fondo Empleo; AP PV186/07; 5.882,00 €; 0 €; 5.882,00 €; Asociación Proyecto Hombre; AP PR151/07; 104.980,02 €; 84.214,74 €; 20.765,28 €; Fundación Engrunes; AP CAT171/07; 19.575,80 €; 0 €; 19.575,80 €; Plan Comunitario Carabanchel Alto; AP MA147/07; 16.756,50 €; 0 €; 16.756,50 €; Apostólicas del Corazón de Jesús Obra Social; AP MA180/07; 11.439,00 €; 0 €; 11.439,00 €; Fundación Bip-Bip; AP PR144/07; 26.000,00 €; 0€; 26.000,00 €.

Si excepcionalmente se dispusiese de recursos adicionales, la Fundación Luis Vives podrá incrementar la ayuda concedida, hecho que se comunicaría a lo largo del desarrollo del proyecto aprobado. El importe máximo de este incremento será la diferencia entre la ayuda concedida y la ayuda solicitada.

El porcentaje de cofinanciación con el que participa el Fondo Social Europeo es el 75 % del coste total elegible para regiones objetivo 1 y el 50 % del coste total elegible para regiones objetivo 3.

Artículo 2.

Concretar la concesión de la ayuda en los términos en los que ha sido concedida, que se traducirá en la firma de un Convenio entre la Fundación Luis Vives y la entidad solicitante.

Artículo 3.

Según lo previsto en el artículo 6 de las bases reguladoras, la fecha de inicio de los proyectos aprobados estará comprendida entre el día 27 de septiembre de 2006 y los dos meses posteriores a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta Resolución.

Artículo 4.

La presente resolución se podrá recurrir ante la Fundación Luis Vives en el plazo de 10 días naturales a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 4 de enero de 2007.-El Director Gerente, José Manuel Fresno García.-689.

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