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Documento BOE-B-2007-15065

Edicto de la Confederación Hidrográfica del Duero sobre Información Pública y convocatoria al levantamiento de las actas previas a la ocupación de determinados bienes y derechos afectados por la obra del «Modificado n.º 1 del Proyecto de abastecimiento a las poblaciones del Valle del Esgueva a través de la captación de agua del río Duero (Valladolid). Fase 2».

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 2007, páginas 561 a 562 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2007-15065

TEXTO

La Ministra de Medio Ambiente, con fecha 15 de diciembre de 2006 aprobó la: «Modificación n.º 1 del Proyecto de abastecimiento a las poblaciones del Valle del Esgueva a través de la captación de agua del río Duero (Valladolid). Fase 2», al que resulta de directa aplicación el art. 123.2 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, en relación con el artículo 118.2 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, ambas de medidas fiscales, administrativas y del orden social y publicadas en el B.O.E. n.º 313 de los años 2002 y 2003, respectivamente, motivo por el cual dicha obra lleva implícita la declaración de utilidad pública, interés general, y necesidad de ocupación así como la urgencia a los efectos de ocupación de los bienes y derechos afectados, conforme el art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. La especificación de las distintas afecciones se pormenoriza de la siguiente forma:

1.º Expropiación en pleno dominio de los terrenos sobre los que se han de construir o en su caso ocupar, las instalaciones fijas en superficie.

2.º Para la canalización de la conducción principal:

a) Imposición de servidumbre permanente de paso y de acueducto a lo largo del trazado de la conducción con una de 2 ml., en función del diámetro de la tubería, a cada lado del eje de la misma, por donde dicha conducción discurrirá enterrada. Esta servidumbre estará sujeta a las siguientes limitaciones al dominio: Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a ochenta centímetros, así como de plantar árboles o arbustos, realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una distancia variable entre 1 ml. y 2 ml., a contar desde el eje de la conducción.

Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

b) Ocupación temporal de los terrenos necesarios de cada una de las fincas, en la franja contemplada tanto en la relación de bienes y derechos afectados como en los planos parcelarios de expropiación, por un período coincidente con los plazos de ejecución de las obras, haciendo desaparecer temporalmente todo obstáculo y ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.

En consecuencia, esta Confederación Hidrográfica del Duero, en uso de las facultades que le confiere el artículo 98 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y en cumplimiento de lo dispuesto en la reglas 2.ª y 3.ª de su artículo 52, ha resuelto convocar a los titulares de determinados bienes y derechos afectados por el mencionado proyecto, de acuerdo con los Edictos publicados en el Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, en los periódicos «El Norte de Castilla», «El Mundo, Edición de Valladolid» y expuestos, con relación de titulares de los bienes y derechos, en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Villavaquerín de Cerrato, Villarmentero de Esgueva, Villanueva de los Infantes, Villaco, Esguevillas de Esgueva, La Cistérniga, Tudela de Duero, Villafuerte de Esgueva, Villabañez, Castronuevo de Esgueva, Canillas de Esgueva, Amusquillo, Torre de Esgueva, Renedo de Esgueva, Piña de Esgueva, Olmos de Esgueva, Fombellida, Castrillo Tejeriego y Castroverde de Cerrato, donde radican los bienes y derechos afectados y en las oficinas de Aguas del Duero, S.A. (c/ Duque de la Victoria, n.º 20-1.º; 47001 Valladolid); en su calidad de Sociedad Estatal gestora de la mencionada obra; para que, sin perjuicio de trasladarse al lugar de las fincas, si se considerase necesario, asistan al levantamiento de las correspondientes Actas Previas a la Ocupación en los lugares, fechas y horas que a continuación se indican:

Ayuntamiento de La Cistérniga: 12-02-2007, 10:00.

Ayuntamiento de Tudela de Duero: 12-02-2007, 11:30 a 14:00 y 16:30 a 18:00. Ayuntamiento de Villabáñez: 13-02-2007, 10:00. Ayuntamiento de Villavaquerín de Cerrato: 13-02‑2007, 11:00. Ayuntamiento de Castrillo Tejeriego: 13-02-2007, 12:00. Ayuntamiento de Villafuerte de Esgueva: 13-02-2007, 13:00. Ayuntamiento de Villaco: 13-02-2007, 16:00. Ayuntamiento de Amusquillo: 13-02-2007, 17:00. Ayuntamiento de Renedo de Esgueva: 14-02-2007 10:00. Ayuntamiento de Castronuevo de Esgueva: 14-02-2007, 11:00. Ayuntamiento de de Villarmentero de Esgueva: 14-02-2007 ,13:00. Ayuntamiento de Olmos de Esgueva: 14-02-2007, 16:00. Ayuntamiento de Villanueva de los Infantes: 14-02-2007, 17:00. Ayuntamiento de Piña de Esgueva: 14-02-2007, 18:00. Ayuntamiento de Esguevillas de Esgueva: 15-02-2007, 10:00. Ayuntamiento de Castroverde de Cerrato: 15-02-2007, 11:00. Ayuntamiento de Torre de Esgueva 15-02-2007, 12:00. Ayuntamiento de Fombellida: 15-02-2007, 13:00. Ayuntamiento de Canillas de Esgueva: 15-02-2007, 16:00.

A dichos actos, a los que deberán asistir el Representante de la Confederación Hidrográfica del Duero y el Perito de la Sociedad Estatal Aguas del Duero, S.A., así como el Alcalde del Término Municipal correspondiente o Concejal en quien delegue; deberán asimismo, comparecer, los interesados afectados personalmente o bien representados por persona provista de poder notarial, identificándose mediante la presentación de su D.N.I. y aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que corresponda al bien afectado, pudiendo hacerse acompañar, si así lo desean, de un Notario y Peritos, con gastos a su costa; para lo cual serán notificados por correo certificado y con acuse de recibo.

No obstante, y con la finalidad de agilizar el pago de los justiprecios que se alcancen, se pone en su conocimiento que conforme la Disposición Adicional 10.ª de la Ley 10/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado, los afectados que lo deseen deberán aportar certificación bancaria a su nombre de la cuenta corriente en la que deseen que les sea ingresada la cuantía correspondiente al justiprecio; o en su defecto , deberán aportar o exhibir la cuenta corriente o libreta de ahorro en la que deseen que se les ingresen los importes correspondientes a los citados justiprecios. Asimismo la presente publicación se realiza igualmente a los efectos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sirviendo como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquéllos de los que se ignore su paradero.

Es de señalar que la presente publicación se realiza, además, a los efectos de apertura del trámite de información pública contemplado en los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, para que en el plazo de quince días (que conforme establece el art. 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, podrá prorrogarse hasta el momento en el que se proceda al levantamiento de las citadas Actas Previas a la Ocupación) los interesados, así como las personas que siendo titulares de algún derecho o interés económico sobre los bienes afectados y que se hayan podido omitir en la relación aneja a los Edictos expuesta en los Tablones de Anuncios de los Ayuntamientos señalados, y en las oficinas de Aguas del Duero, S.A (c/ Duque de la Victoria, n.º 20-1.º; 47001 Valladolid), puedan formular por escrito las alegaciones que estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hubieran podido cometer al relacionar los bienes y derechos afectados por las expropiaciones, poniendo a su disposición el número de teléfono de atención 902 36 41 61, para cualquier aclaración o duda.

Valladolid, 12 de enero de 2007.-El Presidente, Juan Antonio Gato Casado.

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