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El Tribunal Económico-Administrativo Central, en Sala, conociendo del recurso extraordinario de revisión, interpuesto por la entidad «Cottae S Coop Madrid», contra acuerdo de 1 de junio de 2001, de la Administración de Torrejón de Ardoz, resolutorio del recurso de reposición relativo a la denegación de la solicitud de reconocimiento de la entidad de carácter social a efectos de lo establecido en el artículo 20. tres de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, acuerda: Declararlo inadmisible.
Madrid, 7 de mayo de 2007.-El Secretario General, Juan Lozano Beltra.
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