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Documento BOE-B-2007-131167

Anuncio sobre inicio del procedimiento para la revocación definitiva de la ayuda concedida al proyecto «creación de una empresa para reprografía digital y creación de CD-DVD publicitario» (Ref. 2001-0199/mtc.mbr).

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 1 de junio de 2007, páginas 6227 a 6228 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2007-131167

TEXTO

A la empresa Paronamica Dixital, S. L. (anteriormente S. A.), le fue concedida mediante resolución de 15 de noviembre de 2002 una subvención a fondo perdido como apoyo a la realización de un proyecto empresarial en As Pontes (A Coruña), los plazos para la realización del proyecto fueron modificados por Resolución de fechas 2/06/2003 y 27/12/2003. Datos del proyecto.

Inversión Subvencionable: 1.702.159,83.

Subvención Propuesta: 340.431,97. Empleo Comprometido: 21. Inversión: Fin: 30/09/2003 Mantenimiento: 30/09/2008. Empleo: Fin: 30/11/2003 Mantenimiento: 30/11/2006.

El 31 de marzo de 2004 se firmó el Acta de Comprobación por los representantes de la Empresa, la Xunta de Galicia y el Técnico responsable del Instituto. Con carácter previo, en fechas 02/01/2004, 30/03/2004 y 31/03/2004, se habían certificado inversiones realizadas (acreditadas mediante facturas y sus correspondientes justificantes de pago), el cumplimiento del nivel mínimo de autofinanciación del 25 % sobre la inversión subvencionable (acreditado por las aportaciones de capital, balances de situación, cuentas de pérdidas y ganancias e impuestos de sociedades) y la creación del nivel de empleo comprometido (acreditado mediante los TC, Libro de matrícula, contratos de trabajo e Informe de Vida Laboral).

En fecha 21/09/2004 se procedió al pago de la ayuda de 340.431,97 euros, previo depósito del aval correspondiente en la Caja de Depósitos del Banco de España en fecha 01/09/2004, por importe de 374.498,48 euros. En fechas de 28/11/2005, 12/01/2006 y 07/03/2006, la Agencia Tributaria a través del Equipo Central de Información (O.N.I.F.), por orden de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude, solicitaron a este Instituto información del expediente del proyecto, así como justificantes del pago de la ayuda. La información fue remitida a la Agencia Tributaria el 18/04/2006. En fecha 01/03/2006, la Delegación de Economía y Hacienda en Galicia-A Coruña ha remitido un escrito de la Inspección Regional de la AEAT en Galicia, mediante el que pone de manifiesto la existencia de irregularidades cometidas por la empresa que podrían implicar incumplimiento de las condiciones requeridas para el disfrute de la subvención concedida. El Instituto, en fecha de 18/04/2006 pidió a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Xunta de Galicia, informe sobre las certificaciones emitidas, por esa Dirección con motivo de la ejecución del proyecto, previas al Acta de Comprobación. El informe fue remitido al Instituto el 22/05/2006. El 29 de julio de 2006 dos Técnicos del Instituto realización una visita a las instalaciones del proyecto, con objeto de hacer un seguimiento y evolución del mismo, y clarificar la situación expuesta por los informes y comunicaciones recibidas de las distintas Instituciones. El resultado de la misma fue que la instalación se encontraba cerrada y no se detectaba actividad alguna ni dentro ni en el perímetro exterior de la misma. En fecha de 22 de noviembre de 2006 se realizó una segunda visita para comprobar si había algún cambio en la situación; el resultado de la misma fue comprobar que la situación permanecía invariable. En fecha de 28/11/2006 se recibió en el Instituto escrito del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, en el que se expone que se ha declarado en Concurso a la Entidad mercantil Panorámica Dixital, S. L., mediante el Concurso Abreviado 394/2006. El 6 de febrero de 2007, el «Diario Oficial de Galicia» ha publicado Resolución de 12 de enero de 2007 del Instituto Gallego de Promoción Económica, por la que se comunica el inicio del procedimiento de incumplimiento total de la empresa relativo a la ayuda a proyectos empresariales de inversión concedida por ese Instituto, al haber intentado la notificación personal y devuelta por el servicio de correos al resultar imposible su práctica. Ante las circunstancias expuestas y considerando que el Titular del proyecto a esta fecha ya debería haber acreditado el cumplimiento del compromiso de mantenimiento del empleo creado, procede iniciar el procedimiento la revocación definitiva de la ayuda concedida, por la Resolución de 15/11/2002, a la empresa Panoramica Dixital, S. L., para el proyecto «creación de una empresa para reprografía digital y creación de CD-DVD publicitario» al no cumplirse lo previsto en los apartados vigésimo y vigésimo segundo, de la orden de 17 de diciembre de 2001, que establecen que la ejecución del proyecto deberá ajustarse a las condiciones, prescipciones y plazos que se establezcan en la Resolución de concesión, y que podrán dar lugar a la revocación de la ayuda concedida a toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención. Dado que la empresa ha cobrado una ayuda por importe de 340.431,97 euros, estará obligada a reintegrar al Instituto la cantidad que ha percibido, y de conformidad con dispuesto en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones, dicha cantidad deberá incrementarse con los intereses devengados desde el cobro de la cantidad especificada hasta la fecha de la presente Propuesta de Resolución, incrementados en un 25 % de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la citada Ley. La deuda habrá de hacerse efectiva mediante trasferencia a la cuenta corriente del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras en el Banco de España, número 9000 0001 20 0203413308, concediéndose a este efecto un plazo improrrogable para efectuar el ingreso, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 del Reglamento General de Recaudación, hasta el día 5 ó 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, en el supuesto de que la presente Resolución sea recibida en la primera o segunda quincena, respectivamente. En el supuesto de que no se realice el ingreso obligado en el plazo establecido se iniciará el procedimiento para la ejecución del aval depositado en la Caja General de Depósitos. A la fecha de esta propuesta de Resolución los intereses legados ascienden a la cantidad de 41.533,87 euros, lo que hace un total de importe a reintegrar de 381.965,84 euros.

Con esta notificación se da inicio al trámite de audiencia, a fin de que el plazo de quince días hábiles desde la fecha de publicación en el «BOE», dado que no es posible la notificación personal, tal como se ha puesto de manifiesto mediante las visitas a la instalación y el intento del Instituto Gallego de Promoción Económica, se formulen las alegaciones que se estimen oportunas, y se presenten cuando sea necesario, los documentos o justificantes pertinentes.

Madrid, 23 de mayo de 2007.-El Gerente del Instituto, P.S. (Resolución 09-05-2007), José Antonio García Cerezo.

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