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Documento BOE-B-2006-87141

Resolución de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado sobre notificación de duplicidad con el Régimen General de la Seguridad Social y baja en MUFACE.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 12 de abril de 2006, páginas 3711 a 3822 (112 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-B-2006-87141

TEXTO

Con fecha 12 de agosto de 2005 se ha realizado un cruce de información del colectivo de beneficiarios de MUFACE con el de titulares de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social, y se ha detectado que existen unas personas cuyos datos de identificación coinciden con los de los beneficiarios que figuran detallados en el anexo adjunto, y que están incluidos en el documento de afiliación a MUFACE de los mutualistas relacionados en dicho anexo, que empieza por Abad Carvajal, Venancio, y termina por Zurutuza Zurutuza, Ignacio. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.2.c) del Reglamento General del Mutualismo Administrativo, aprobado por Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, uno de los requisitos que deben poseer los familiares y asimilados del mutualista para obtener la condición de beneficiario, mediante su inclusión en el documento de afiliación del mutualista, es «no estar protegidos, por título distinto, a través de cualquiera de los Regímenes que integran el sistema español de la Seguridad Social con una extensión y contenido análogos a los establecidos en el Régimen General». Dado que, según los datos derivados del indicado cruce, dicho requisito no se da en los beneficiarios indicados, procede dictar acuerdo de baja en MUFACE, salvo que acrediten documentalmente la no duplicidad. Practicada la notificación a los mutualistas cuyos domicilios obran en la Base de Datos de MUFACE, el Servicio de Correos ha devuelto las comunicaciones dirigidas a los interesados. Por lo tanto, se hace preciso notificar a los mismos dicha comunicación, así como a aquellos otros que, estando en la misma situación, no ha sido posible enviarles la notificación por desconocer esta Mutualidad sus domicilios. En consecuencia, y de acuerdo con el artículo 59 de la Ley 30/1992, se comunica a los interesados a través de esta publicación en el Boletín Oficial del Estado que, si transcurrido el plazo de diez días a partir de la publicación de esta notificación, no acreditan documentalmente la no duplicidad ante esta Dirección General, sus beneficiarios causarán baja en esta Mutualidad. Contra este Acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Ministro de Administraciones Públicas en el plazo de un mes, que se contará a partir de finalizado el plazo más arriba señalado.

Los mutualistas cuyos beneficiarios causen baja en MUFACE al amparo del presente Acuerdo deberán dirigirse a su Servicio Provincial correspondiente para la obtención de su nueva tarjeta de afiliación.

Madrid, 23 de marzo de 2006.-Propuesto, la Secretaria General, María Teresa Martínez de Marigorta Tejera.-La Directora General, Carmen Román Riechmann.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de este anuncio.

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