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Documento BOE-B-2006-71055

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Infraestructuras de Alta Tensión, Sociedad Anónima (INALTA), la modificación de la línea eléctrica aérea a 220 kV, doble circuito, de «entrada en la subestación de Vicálvaro desde las líneas eléctricas aéreas a 220 kV, simple circuito, Morata de Tajuña-Vicálvaro y Villaverde-San Sebastián de los Reyes», en la provincia de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 2006, páginas 2967 a 2968 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2006-71055

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, a instancia de Infraestructuras de Alta Tensión, Sociedad Anónima (INALTA), con domicilio en Madrid, camino de la Zarzuela, número 1, solicitando la autorización administrativa de la modificación de la instalación que se cita.

Resultando que la petición de INALTA ha sido sometida a información pública a los efectos previstos en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no presentándose alegación ni oposición alguna durante el plazo reglamentario. Resultando que el anuncio de información pública ha estado expuesto en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Madrid durante el tiempo reglamentario, recibiéndose certificación acreditativa de su exposición, en la que no consta que se haya presentado alegación alguna al proyecto. Resultando que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127 y 131 del citado Real Decreto 1955/2000, se han enviado separatas del proyecto con las afecciones de la instalación proyectada al Ayuntamiento de Madrid, en cuyo término municipal radica la modificación, a la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, reiterándose la petición a este último organismo y a Unión Fenosa Distribución, sin recibirse contestación alguna, por lo que, de acuerdo con lo establecido en los citados artículos, ha de entenderse su conformidad al proyecto, y emitiéndose informe por el Ayuntamiento de Madrid en el que no se opone al proyecto pero establece unos condicionados que son aceptados por (INALTA) Infraestructuras de Alta Tensión, Sociedad Anónima. Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar a Infraestructuras de Alta Tensión, Sociedad Anónima (INALTA), la modificación de la línea eléctrica aérea a 220 kV, doble circuito de «entrada, en la subestación de Vicálvaro desde las líneas eléctricas aéreas a 220 kV, simple circuito, Morata de Tajuña-Vicálvaro y Villaverde-San Sebastián de los Reyes», en la provincia de Madrid, cuyas características principales son: Origen de la modificación: Apoyo existente número 42.

Final de la modificación: Apoyo existente número 23. Número de circuitos: Dos, dúplex. Conductores: De aluminio-acero, tipo Gull, de 381 milímetros cuadrados de sección total. Cables de tierra: Dos, de acero, de 50 milímetros cuadrados de sección. Aislamiento: Cadenas de aisladores de vidrio tipo U120 BS. Apoyos: Metálicos para doble circuito, constituidos por perfiles de acero galvanizado en caliente, organizados en estructuras de celosía. Cimentaciones: De hormigón en masa, independientes para cada pata del apoyo. Puestas a tierra: Los apoyos irán puestos a tierra de forma que la resistencia de difusión no supere los valores que se establecen en el Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión. Longitud de la modificación: 760,48 metros.

La finalidad de la modificación de esta instalación viene como consecuencia de la construcción de la autovía M-50.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el señor Secretario General de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 2 de marzo de 2006.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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