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Documento BOE-B-2006-48039

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana sobre aprobación del expediente de información pública y definitivamente el «Documento para información pública. Autopista de peaje AP-7. Tramo: El Campello-Autovía A-31 de Alicante. Modificación del enlace de El Campello».

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 25 de febrero de 2006, páginas 1997 a 1997 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2006-48039

TEXTO

Con fecha 6 de febrero de 2006, el Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación, en uso de la competencia establecida en la Resolución de Delegación de Atribuciones de 30 de mayo de 1996, ha resuelto lo siguiente:

1. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el «Documento para información pública. Autopista de peaje AP-7. Tramo: El Campello-Autovía A-31 de Alicante. Modificación del enlace de El Campello», redactado en junio de 2005, en lo que se refiere a la «alternativa propuesta», con las siguientes prescripciones a cumplimentar en la redacción de los proyectos correspondientes: 1.1 Deberá contemplarse el mantenimiento de la continuidad de los viarios que actualmente discurren por el tramo afectado, para lo que deberán mantenerse las correspondientes reuniones de coordinación con el Ayuntamiento de El Campello.

1.2 Deberá obtenerse la conformidad de la Diputación Provincial de Alicante en cuanto a la reposición de la carretera CV-777. 1.3 Deberá ajustarse el diseño geométrico de la bifurcación proyectada con el fin de que la ocupación y la afección al entorno sea la menor posible.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Ministra del Departamento, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos recursos es, respectivamente, de uno (1) o dos (2) meses a partir del día siguiente al de la publicación de aquélla en el «Boletín Oficial del Estado», sin que quepa formular recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Lo que se comunica para su general conocimiento.

Valencia, 20 de febrero de 2006.-El Ingeniero Jefe de la Demarcación, José Vicente Pedrola Cubells.

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