A instancia de la sociedad mercantil Samalús Termal, S. A., con CIF A-58.668.492, se está tramitando el expediente de solicitud de aprovechamiento y de un perímetro de protección para el agua minero-medicinal y termal «Samalús Termal», en el término municipal de Cànoves i Samalús. El perímetro de protección queda definido por los siguientes vértices, expresados en coordenadas UTM (del sector 31T):
Vértice |
Coordenada X |
Coordenada Y |
1 |
442.500 |
4.616.000 |
2 |
444.500 |
4.616.500 |
3 |
445.000 |
4.616.500 |
4 |
446.000 |
4.616.765 |
5 |
446.000 |
4.616.500 |
6 |
442.180 |
4.614.830 |
7 |
442.470 |
4.615.460 |
Lo que se hace público de conformidad con el artículo 41.2 del Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el cual se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería y con el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27.11.1992), modificada parcialmente por la Ley 4/1999 de 13 de enero.
Aquellas personas que tengan interés en examinarlo podrán hacerlo en las oficinas de la Dirección General de Energía y Minas, situadas en la calle Provença, 339, de Barcelona, dentro del plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, y podrán aducir lo que tengan por conveniente.
Barcelona, 17 de enero de 2006.-El Director general de Energía y Minas, Josep Isern i Sitjà.
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