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Documento BOE-B-2006-285107

Anuncio de la Demarcación de Costas en Asturias sobre Acuerdo del Delegado del Gobierno en Asturias de declaración de necesidad de la ocupación de los bienes y derechos objeto del expediente de expropiación forzosa y su posterior incorporación al dominio público marítimo-terrestre de los bienes y derechos de los terrenos ubicados en las servidumbres de tránsito y protección en la península de Perán, t.m. de Carreño (Asturias), comprensiva de la totalidad de los bienes y derechos del «Camping Perlora, S.L.». Ref.: Pat-01/06.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 29 de noviembre de 2006, páginas 13271 a 13272 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2006-285107

TEXTO

Por resolución del Director General de Costas de 16 de febrero de 2006, dictada por delegación de la Excma. Sra. Ministra de Medio Ambiente, se acordó declarar de utilidad pública para el fin de la protección integral del dominio público marítimo-terrestre los terrenos ubicados en las servidumbres de tránsito y protección en la península de Perán, t. m. de Carreño (Asturias), comprensiva de la totalidad de los bienes y derechos del «Camping Perlora, S. L.», iniciándose los trámites legales para la expropiación forzosa de dichos bienes y derechos, incluyendo la totalidad de las obras e instalaciones existentes, para su posterior incorporación al dominio público marítimo-terrestre. Por resolución de 23 de junio de 2006 se acordó la apertura del trámite de información pública previsto en los artículos 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, siendo publicada en el Boletín Oficial del Estado de 9 de agosto de 2006 y en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de 22 de julio de 2006 e igualmente en el diario «El Comercio» de 1 de agosto de 2006, expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Carreño durante quince (15) días hábiles, según certifica el Secretario municipal, y notificada a los interesados en el expediente administrativo, presentándose un escrito por don Manuel Álvarez Fernández con el propósito de identificar otros posibles interesados en el procedimiento, el cual ha sido atendido remitiendo las oportunas notificaciones a doña M.ª Isabel Álvarez Menéndez del Bar-Restaurante/Autoservicio del «Camping Perlora, S.L.» y a la propia entidad mercantil «Camping Perlora, S.L.», en la persona de su representante legal. Estos últimos no han presentado alegaciones. Posteriormente, ha tenido entrada un nuevo escrito de alegaciones presentado por don Manuel Álvarez Fernández y doña María-Isabel Álvarez Menéndez con fecha de 19 de octubre de 2006 mediante el que los interesados reiteran el contenido de las iniciales alegaciones en lo referido a la declaración de utilidad pública, el alcance de los bienes y derechos expropiados y la titularidad de los mismos. Una vez finalizado el período de exposición e información pública del expediente, ha sido emitido informe favorable por la Demarcación de Costas en Asturias con relación al trámite seguido y la declaración de necesidad de la ocupación, proponiendo igualmente la desestimación de las alegaciones formuladas por los interesados en su totalidad, excepción sea hecha del extremo relativo a la titularidad de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, entendiéndose en adelante las actuaciones del procedimiento administrativo con don Manuel Álvarez Fernández y doña Honorina Menéndez Suárez, en cuanto a la titularidad de los terrenos, el representante legal de la entidad mercantil «Camping Perlora, S. L.» respecto de la explotación del campamento de turismo y doña María-Isabel Álvarez Menéndez con relación a la explotación del Bar-Restaurante y Autoservicio del campamento de turismo. Por todo ello, de acuerdo con los preceptos legales aplicables y en uso de las facultades que le han sido conferidas legalmente, el Delegado del Gobierno en el Principado de Asturias. Acuerda declarar la necesidad de ocupación de los terrenos que se relacionan a continuación, cuyos derechos son objeto de expropiación forzosa, debiéndose publicar este acuerdo en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en un diario de los de mayor difusión en la Comunidad Autónoma y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Carreño, así como notificarlo a los afectados. De conformidad con lo preceptuado en el apartado 1.º del artículo 22 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, en relación con el contenido del artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, frente a la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Ministra de Medio Ambiente, en el plazo de un mes a contar desde la notificación del presente acuerdo.

Relación de titulares y bienes objeto de expropiación forzosa

Objeto: Campamento de turismo.

Situación: Colindancia con el dominio público marítimo-terrestre en la península de Perán, t.m. de Carreño (Asturias). Referencia Catastral: Parcela número 9.011. Superficie: 11.792,30 m², que comprende un edificio de servicios (769,20 m²), firmes, pavimentos, muros, cierres de malla metálica, arbolado y cultivos, depósitos de agua y puntos de luz. Titulares: Don Manuel Álvarez Fernández y doña Honorina Menéndez Suárez, en cuanto a la titularidad de los terrenos. La entidad mercantil «Camping Perlora, S. L.» respecto de la explotación del campamento de turismo. Doña María-Isabel Álvarez Menéndez con relación a la explotación del Bar-Restaurante y Autoservicio del campamento de turismo.

Oviedo, a 8 de noviembre de 2006.-El Delegado del Gobierno: Fdo.: Antonio Trevín Lombán.

Oviedo, 10 de noviembre de 2006.-El Jefe de la Demarcación, Ramón Galán Cortés.

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